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Guillermina Di Luca
La Sala Tercera de la Cámara Civil Segunda de La Plata, integrada por Laura Larumbe y Andrés Soto, confirmó la sentencia de la titular del Juzgado 23 del mismo fuero, Guillermina Di Luca, que hizo lugar a una demanda contra un banco oficial por una ciberestafa y ordenó la devolución de 22.500 dólares y el pago de 10 millones de pesos en concepto de daño moral, entre otras colocaciones.
La damnificada, de 73 años, con esclerosis múltiple progresiva, sufrió la maniobra defraudatoria en 2022, por la cual le vaciaron su cuenta en dólares, que estaban destinados a su enfermedad, así como sus fondos en su cuenta en pesos.
Fue luego de tres años de proceso que Di Luca acogió la demanda, que ahora sumó otro voto confirmatoria en la instancia revisora.
Al referirse a la conducta de la entidad bancaria, Larumbe sentenció: “Amén de ello, el quejoso pareciera olvidarse que tampoco ha cuestionado que el delito acaeció con motivo de la relación de consumo que lo une con la actora, relación en donde su parte es quien diseña páginas web y establece las medidas de seguridad”.
Así quedó acreditado que “la actora resulta ser una consumidora hipervulnerable; que el banco ejerce una actividad riesgosa; que la actora fue sujeto pasivo de una maniobra fraudulenta por parte de terceros y que esos hechos y los daños que de allí se derivaron se encuentran en conexión causal con la violación del deber de seguridad exigible al demandado para impedir la configuración de este tipo de ilícitos”.
Al ser consultado el abogado de la víctima, Marcelo Szelagowski, manifestó que “pese a las decenas de sentencias que han sido adversas a las entidades bancarias en los últimos cinco años; los bancos no han adoptado las medidas necesarias en materia ciberseguridad, por lo cual sentencias ejemplificadoras como la confirmada, muestran que los magistrados cuentan con la sensibilidad jurídica y social propias de esta materia”.
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