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Un juez de Azul negó el pedido de un acusado por homicidio de ser sometido a este tipo de procedimiento
Los integrantes del primer jurado en participar de un juicio en la Provincia, que absolvieron a un imputado acusado de matar a su cuñado en el partido de San Martín
Un juez penal de Azul rechazó el pedido de un hombre acusado de asesinato que requirió ser sometido a un juicio por jurados. Lo hizo a través de un fallo en que declaró la “inconstitucionalidad” del mecanismo de participación popular en procesos penales que se puso en marcha este año en la Provincia, y con duras críticas al sistema, al que el magistrado tildó de “oscurantista”.
La resolución fue firmada por el juez del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2 de Azul Carlos Pagliere (h) e instaló un debate en el ámbito judicial. Ayer, desde el ministerio de Justicia bonaerense manifestaron sus diferencias con el fallo y negaron que implique un tropiezo en la implementación de los juicios por jurados. “Ya se realizaron ocho experiencias muy positivas y hay más de 200 juicios pedidos”, aseguraron desde la Provincia.
La polémica se inició a partir de la decisión del juez Pagliere de denegar un pedido de juicio por jurados elevado por la defensa de Diego Barboza, acusado de cometer un asesinato y de dos intentos de homicidio en Bolívar.
En el fallo, Pagliere ordenó que la causa penal relacionada con esos delitos se convierta en materia de un debate con intervención de jueces letrados en un tribunal colegiado. El dictamen fue apelado por la defensa del imputado y ahora será la Cámara la que defina cómo seguirá el proceso.
Los fundamentos del fallo contienen un cuestionamiento profundo al sistema de juicios por jurados, que en la Provincia debutaron en marzo del año pasado en los Tribunales de San Martín, luego de que se sancione una ley que sumó a Buenos Aires a las provincias que aplican este sistema, como Córdoba y Río Negro.
En los argumentos, el juez Pagliere reiteró las críticas que viene manifestando contra este sistema a través de una publicación digital titulada “Argentina sin Juicios por Jurados”, que el magistrado azuleño dirige y edita.
La ley de juicios por jurados en la Provincia -dice Pagliere en el fallo que se conoció en las últimas horas- “aparece como violatoria de las constituciones provincial y nacional”. En principio, dice, vulnera el el primer artículo de la Constitución nacional “que establece el sistema federal de gobierno, ya que pretende implementar el juicio por jurados con sostén en previsiones de la constitución nacional, a pesar de que la ley colisiona con disposiciones de la Constitución de la provincia de Buenos Aires”. Y afirmó: “Los veredictos del jurado son inmotivados, lo cual se riñe con la transparencia y racionalidad que deben exhibir los actos de gobierno”.
En uno de los pasajes del fallo que generaron más polémica, el juez tildó al sistema de juicios por jurados de “oscurantista” y como “una suerte de tiranía del azar”. “El jurado, que carece de toda preparación para cumplir la función de juzgar, carece de la idoneidad exigida para cumplir con la función pública que se le encomienda”, ataca Pagliere también.
El fallo tuvo fuerte réplica en el ámbito judicial, donde muchas voces coincidieron en cuestionarlo, mientras que desde la Provincia se defendió la constitucionalidad de la ley.
“No coincido con la mirada de Pagliere, son una herramienta constitucional que se aplica en muchos países del mundo. Comete un error cuando se refiere a la participación popular, que sólo están para valorar la prueba y no para sustituir al juez”, dijo ayer a este diario el ministro de Justicia bonaerense Ricardo Casal.
Desde el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip), por su parte, también se defendió la constitucionalidad de los juicios por jurados. “Están tres veces mencionados en la Constitución Nacional. Habría que hacer una voltereta jurídica o académica muy grande para decir que es contrario a la Constitución”, dijo Andrés Harfuch.
La decisión de la Cámara de Apelaciones, que debe resolver ahora la apelación de la defensa, será central en cuanto a la jurisprudencia que dejará plasmada.
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