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Los jueces de la Sala 2 interpretaron que hay pruebas para investigar una posible asociación ilícita de policías y civiles
La Sala 2 de La Cámara de Apelaciones y Garantías del fuero penal platense confirmó ayer lo actuado en primera instancia en la causa denominada “la banda del comisario”, al rechazar un hábeas corpus presentado en favor de uno de los detenidos.
Con voto del camarista Sergio Almeida, al que adhirieron sus colegas Laura Lasaga y Ricardo Szelagowski, no se hizo lugar al planteo realizado por la defensa del imputado Javier Ronco, detenido junto al ex comisario Gustavo Bursztyn; el ex oficial de Policía Gustavo Mena; el ex teniente primero Marcos Chiusaroli; Angel Custodio “Pipi” Yalet; Adrián “Quichua” Manes; Carlos Bertoni; Carlos “Macha” Barroso Luna; Jorge “El fiscal” Gómez de Saravia; Héctor “Pepe” Vega y Martín Ezequiel “Gaucho” Fernández.
La defensa de Ronco había solicitado que se declare la inconstitucionalidad del artículo 210 del Código Penal (asociación ilícita) y además alegó que su asistido está mal detenido porque no hay pruebas para vincularlo a los hechos que se investigan.
En la resolución de la Sala 2 se explicó que sí hay pruebas para vincular a Ronco con la asociación ilícita que se investiga, entre las que mencionaron varios tramos de las escuchas telefónicas y relatos de testigos, en los que Ronco aparece nombrado y vinculado a los ex policías y civiles procesados y detenidos en la causa, en actividades que serían delictivas, vinculadas al robo de automotores, en casas, comercios e industrias, se presume que con la complicidad policial para generar “zonas liberadas”.
De esta forma, al rechazar el hábeas corpus la alzada confirmó la materialidad ilícita que se investiga, es decir, que hay pruebas como para sospechar que se está frente a una banda dedicada a cometer delitos, y que los imputados deben permanecer detenidos mientras dure el proceso.
Como se sabe, los once están presos a pedido de la fiscal que investiga el caso, Betina Lacki, quien dictaminó que “con anterioridad al primero de diciembre de 2010 y por lo menos hasta ese momento, al menos ocho hombres, en la ciudad de La Plata y alrededores, tomaron parte de modo permanente y con voluntad de integrar una asociación destinada a cometer reiterados hechos ilícitos de distinta naturaleza, robos bajo la modalidad de escruche, robo de autos, su posterior reducción, adulteración y venta, comercialización de estupefacientes, con un mismo modus operandi, con división y organización de tareas”.
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También explicó que algunos de los imputados, “en su condición de efectivos policiales, aseguraban la zona, entregaban los trabajos y brindaban cobertura policial”.
El resto, a criterio de la fiscal, “conformaban grupos o parejas de trabajo que llevaban a cabo los hechos ilícitos”.
Uno de esos hechos es el escruche ocurrido el 18 de julio de 2010 en la casa de Roberto Zapata, mientras éste y su familia festejaban su cumpleaños en un salón de fiestas.
Mucho se especuló con el monto de dinero que los ladrones se llevaron aquel día, aunque el reporte oficial dio cuenta de 60 mil pesos y joyas.
Menos de cinco meses después, el 1 de diciembre de ese año, por lo menos 5 hombres llegaron al edificio de 44 entre 26 y 27, donde vivía Juan Farías, ingresaron con la llave que tenían y lo abordaron cuando ingresó en el garaje con su auto. Uno lo retuvo en el hall, mientras el resto subió al departamento de Farías para exigirle a su mujer “la plata grande” y huir un rato después con joyas muy valiosas, 500 pesos y 5.000 dólares que estaban en el marco de la puerta.
A la esposa de Juan Farías la encerraron en la pieza con su hija y a él le pegaron cuatro tiros.
La Sala 2 ahora debe pronunciarse sobre la apelación realizada contra la denegatoria de las excarcelaciones de los imputados, resolución que fue dictada por el juez Guillermo Atencio.
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