
Gimnasia lo aguanta en Junín: le gana 1 a 0 a Sarmiento e Insfrán atajó un penal
Gimnasia lo aguanta en Junín: le gana 1 a 0 a Sarmiento e Insfrán atajó un penal
VIDEO.- En un emotivo acto, se inauguró la nueva sede y el Polideportivo Club Tricolores
VIDEO.- Milei tuvo que levantar su recorrida en Santa Fe en medio de empujones, insultos y huevazos
De la reunión por la noche en Olivos al tuit de "continuidad": cómo sigue el caso Espert
Chau veranito: tras la lluvia, anticipan una "bomba de frío" que barrerá el calor
Calor de verano este sábado en La Plata a la espera de la tormenta: ¿a qué hora llega la lluvia?
Mauricio Macri calificó como “positiva” su reunión con Javier Milei y pidió reformas estructurales
VIDEO.- La bronca de Colapinto, que espera sanciones: "Estoy caliente, me molestaron mucho"
“Apenas toma agua”: la huelga de hambre de Morena Rial en la cárcel de Magdalena
"Tierras raras" a 300 kilómetros de La Plata: la UNLP estudia minerales estratégicos en la Provincia
Los Tilos se impone ante San Luis en otra edición del clásico del rugby en La Plata
La Justicia falló a favor de los carpinchos, que ganan una pulseada en Nordelta
NINI mayorista, una gran experiencia: fin de semana con estas ofertas
VIDEO. Comerciantes y vecinos en vilo por la inseguridad en Los Hornos
Celular 5G, TV Led y un metegol: EL DIA premia a sus suscriptores con sorteos imperdibles
Proponen la implementación de un Plan Estratégico Nacional de Prevención y Control de Dengue
Super Cartonazo: pozo de $2.000.000, premio de $300 mil por línea y la chance de un auto 0 KM
Revuelo en un colegio católico de Villa Elisa por el precio de la cuota
“Pequeño J” dice ser inocente: rechazó la extradición, pero quedó preso
La paz, más cerca Hamás estaría dispuesto a liberar a los rehenes
La nueva era de Taylor: entre el amor, los dardos filosos y los amigos cancelados
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Rigen nuevos topes en cada categoría
El Gobierno reglamentó hoy las modificaciones impuestas por ley al monotributo, que establecen la actualización de los topes de cada categoría y facilitan el ingreso del contribuyente al Régimen General. Se trata del Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes, creado por la Ley Nº27.618 y reglamentado a través del decreto 337/2021, publicado este martes en el Boletín Oficial.
Según lo dispuesto, los monotributistas cuya facturación superó el límite más alto del régimen hasta un 25%, podrán mantenerse en su actual condición durante el período fiscal 2021. En cambio, quienes superaron ese porcentaje, tendrán que pasar al Régimen General, para lo cual se estableció un período de transición para que los contribuyentes puedan afrontar los pagos de Ganancias y de IVA.
En este caso, podrán deducir (en el primer año) el 50% del importe que le corresponde pagar de IVA, el 30% en el segundo y el 10% en el tercero.
Según el decreto, los "contribuyentes inscriptos al 31 de diciembre de 2020 en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes establecido en la Ley N°24.977, que hayan excedido, en esa fecha o en cualquier momento previo a ella, el límite superior de alguno de los parámetros previstos para la máxima categoría aplicable a su actividad, se considerarán comprendidos en el Régimen Simplificado hasta ese día, inclusive".
Así, se limita su exclusión si sus ingresos brutos no hubieran excedido el límite superior establecido en la categoría máxima o, de haberlo excedido, lo haya sido en hasta un 25% inclusive: esto abarca a quienes hayan abonado esta obligación en tiempo y forma.
Además, "si luego del 31 de diciembre de 2020 los sujetos continúan excediendo el límite superior de cualquiera de los parámetros previstos para la máxima categoría aplicable a su actividad o se mantienen incluidos en cualquiera de las demás causales de exclusión, considerando los nuevos importes que surgen de la actualización dispuesta por la Ley N°27.618, se entenderá que la causal de exclusión del Régimen Simplificado se verificó el 1° de enero de 2021", de acuerdo con lo dispuesto.
El decreto incorpora un beneficio para los monotributistas cumplidores y fija el procedimiento de acceso al Régimen General. Ahora, los contribuyentes que hayan determinado los impuestos bajo el Régimen General, "podrán optar nuevamente por el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, luego de transcurrido al menos un año calendario desde la finalización del último período fiscal en el que hubieran podido gozar de alguno de esos beneficios en forma completa".
Asimismo, los contribuyentes "que hubiesen comunicado su exclusión del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y solicitado el alta en los tributos del Régimen General de los que resultasen responsables hasta el último día del mes siguiente a aquel en el que hubiese acaecido la causal de exclusión, en las formas previstas para ello, o que hayan renunciado, en ambos casos, desde el 1° de enero de 2021 y hasta el 21 de abril de 2021, ambas fechas inclusive, podrán optar por adherirse nuevamente al Régimen Simplificado".
En este marco, el Gobierno recordó que mediante la Ley Nº27.618, que fue promulgada el mes pasado, se dispusieron una serie de medidas de carácter transitorio y otras de vigencia permanente, vinculadas a la permanencia de los sujetos comprendidos en el monotributo.
Entre las disposiciones de carácter transitorio, se estableció un "Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes" para quienes hayan permanecido inscriptos hasta el 31 de diciembre de 2020, teniéndose por cumplidos, bajo ciertas condiciones, los requisitos para esa permanencia, solo en el caso en que sus ingresos brutos no hayan excedido en más de un 25 % el límite superior previsto para tal parámetro, dentro de la categoría máxima aplicable a su actividad.
Además, la ley facultó al Poder Ejecutivo a establecer las modalidades, los plazos y las restantes condiciones necesarias para implementar las disposiciones de esa norma, pudiendo contemplar plazos adicionales a los efectos de considerar situaciones que pudieran haber acaecido con posterioridad al 1° de enero de 2021.
ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES
HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS
Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales
¿Ya tiene suscripción? Ingresar
Full Promocional mensual
$690/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $6470
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Acceso a la versión PDF
Beneficios Club El Día
Básico Promocional mensual
$530/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $4190
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Diario El Día de La Plata, fundado el 2 de Marzo de 1884.
© 2025 El Día SA - Todos los derechos reservados.
Registro DNDA Nº RL-2024-69526764-APN-DNDA#MJ Propietario El Día SAICYF. Edición Nro. 6986 Director: Raúl Kraiselburd. Diag. 80 Nro. 815 - La Plata - Pcia. de Bs. As.
Bienvenido
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
Bienvenido
Estimado lector, con sólo registrarse tendrá acceso a 80 artículos por mes en forma gratuita. Para más información haga clic aquí
DATOS PERSONALES
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
¿Querés recibir notificaciones de alertas?
Para comentar suscribite haciendo click aquí