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Cómo impactó en el mercado local la media sanción de la reforma a la ley 27.551. Son escasos los nuevos contratos para arrendar viviendas y se hacen prórrogas de tres o seis meses en los acuerdos que se vencen
Los alquileres no paran de sumar incertidumbre / el dia
Incertidumbre, confusión, y una pequeña porción de expectativa generó en el mercado inmobiliario local la media sanción para la reforma de la ley de alquileres que rige desde 2020. Según pudo saber este diario, con los contratos que se vencen en estos días se hacen prórrogas de tres a seis meses, y con los nuevos contratos se abre un amplio espiral de opciones que van desde aplicar la ley actual o hacer vínculos como si fueran temporarios, a la espera de lo que ocurra definitivamente con la ley que tiene dos objeciones principales: plazos de los contratos y modo de actualización del pago.
La martillera Mariana Valverde señaló que “ante el panorama planteado se ha optado por hacer prórrogas, de tres meses, de seis meses, según cada caso en lo que se refiere a contratos que se vencen. Esta clase de prórrogas son perfectamente legales”. La profesional también señaló que “se han ido varios locatarios ante tanta incertidumbre”.
Para Valverde la situación es “expectante. La sanción de los cambios puede tener un proceso de largo plazo. Debe ir al Senado nacional y puede volver a Diputados si le hacen cambios. En el medio tratamos de hacer todo para que ninguna de las partes pierda”. Con respecto al precio de la prórroga se hace una tasación y se aplica valor de mercado. No se aplica el índice de actualización porque los plazos no llegan al año”.
Según el martillero Ramón Penayo, “tras las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas Obligatorias (PASO), se suspendió en la primera semana post comicios toda firma de contrato . No hubo acuerdos ante tanto nivel de incertidumbre, que creció tras la sesión de Diputados en la que impulsaron cambios que deben ser aprobados por el Senado para aplicarse y no se sabe cuándo se va a tratar esta ley, no hay fecha cierta. Lo que se firma para nuevos contratos es por tres años si se quiere aplicar la actual ley 27.551 o uno temporario, y para los que se vencen hay prórrogas hasta diciembre o bien hasta febrero, a la espera del resultado de las elecciones presidenciales”. En tanto, aclaró el profesional que para “las prórrogas se actualiza a valores según el mercado”.
Por su parte, la martillera Mirta Líbera dijo que “todo está en el camino legislativo. Falta la resolución final y no se sabe el tiempo que demandará esa decisión final. La única ley vigente permite la actualización anual. Sobre los contratos que se han terminado, la mayoría de los propietarios optan por hacer una prórroga. Con precios actualizados”.
Con respecto a los nuevos contratos “sólo se hacen contratos comerciales, o de oficina. Para vivienda son muy limitados porque tienen actualización anual. Y esta situación de incertidumbre agudiza la falta de unidades. La expectativa de que haya un cambio con la ley retrajo la oferta esperando un cambio”.
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La martillera Gisela Agostinelli indicó: “hasta que no sea realmente un hecho todo sigue igual. Y no creo que sea de rápida resolución la decisión final ya que hace rato que venimos con esto”.
A diferencia de varios colegas, para la profesional “hay más propiedades en oferta ya que los propietarios están tomando conciencia que tenerlas desocupadas solo genera costo alto de mantenimiento y expensas. De todas maneras hay más demanda que oferta”.
Agostinelli también señaló que “estamos haciendo prorrogas con los contratos que terminan. Con el aumento que marca el índice de la ley 27551. Las prórrogas no son de un año sino tratamos de hacerlas por seis meses o tres en algunos casos.
La Cámara de Diputados le dio media sanción al proyecto para reformar la Ley de Alquileres y, de esta manera, acortar la duración de los contratos a 2 años con actualizaciones del valor cada cuatro meses en lugar de anuales.
En caso de que la reforma de la Ley de Alquileres obtenga el visto bueno del Senado, los inquilinos deberán firmar contratos de locación más cortos con los propietarios. La reglamentación vigente establece un plazo mínimo de tres años, que pasaría a ser de dos una vez que se instrumente la nueva ley.
Al mismo tiempo, los ajustes de los alquileres dejarían de actualizarse una vez al año para reverse cada cuatro meses o seis meses.
También se disolvería el Índice para Contratos de Locación (ICL), que toma en partes iguales las variaciones mensuales del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y de la Remuneración Imponible Promedio de Los Trabajadores Estables (RIPTE) para establecer el porcentaje.
“Las partes deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y/o el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) o una combinación de dichos índices, según las partes acuerden”, explican distintos expertos en el tema alquileres.
Por ahora, la media sanción de la reforma de la ley generó mayor incertidumbre
Los últimos meses las actualizaciones tuvieron índices de tres dígitos. El último fue para los contratos firmados en septiembre de 2021 y 2022, y será de 112 por ciento, según informó el Foro Profesional Inmobiliario, con datos del Banco Central de la República Argentina, que informa el índice de actualización anual para el pago de alquileres, que pondera desde mediados de 2020 una combinación de índices: el inflacionario y el salarial.
Esos porcentajes son considerados altísimos por los inquilinos porque pocos locatarios tuvieron subas en sus ingresos con esos porcentajes en un año. Y para los propietarios el aumento no les resulta suficiente porque los hace perder varios puntos según el aumento interanual de la inflación oficial.
En el medio, inquilinos, propietarios y martilleros públicos pugnan por resolver las situaciones que se van planteando con la finalización de los contratos por estos días y la firma de nuevos acuerdos.
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