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“Garrincha” y Yésica Duarte
La Justicia Penal de La Plata ya había denegado un hábeas corpus, al entender que las irregularidades planteadas por la defensa de la mamá del acusado del femicidio en Berisso, no habían quedado demostradas en el expediente. Y ahora le rechazaron directamente una excarcelación.
Estamos hablando de Adriana Raquel Oviedo, en cuyo domicilio encontraron dos armas de fuego sin papeles, una de ellas consideradas de guerra. Por eso fue detenida.
La mujer habitaba casa de por medio del lugar donde Yésica Duarte (64), madre de cinco hijos, encontró la muerte al ser impactada por dos disparos.
Quien le tiró supuestamente fue Nicolás “Garrincha” Castro, su marido, que después se pegó un balazo en la pera, que le provocó el corte del nervio óptico de uno de sus ojos. Pero igual sobrevivió y fue indagado por el delito de homicidio triplemente agravado por el vínculo, por ser cometido con un arma y en contexto de violencia de género que, de quedar acreditado, prevé una sola salida: la prisión perpetua.
Por decisión del juez Agustín Crispo, pese a que dijeron que Oviedo es una persona de avanzada edad, que no registra antecedentes penales condenatorios y que tiene problemas de salud, el planteo no tuvo favorable acogida.
“En el caso concreto no se verifican -al menos por el momento- las condiciones que permitan operativizar la situación allí prevista. En ese sentido, tal como sostuve al momento de convertir en detención la aprehensión de Oviedo, tengo en cuenta la objetiva y provisional valoración de las características de los hechos, considerando especialmente las circunstancias que rodean a los eventos que aquí se investigan, pues no puede pasarse por alto que en las actuaciones principales (...) Oviedo fue quien -conforme las constancias obrantes en la causa- arribó al lugar en que ocurrió la muerte de Yésica Duarte inmediatamente después de cometido el hecho. Sumado a -cuanto menos- la controversia que surge a partir de sus dichos en cuanto a cómo acaecieron los hechos que culminaron con la muerte de su nuera y quienes serían sus autores, en franca oposición con lo mencionado espontáneamente por el hijo de la víctima. Estas circunstancias -además de repercutir en la intensidad del injusto- permiten inferir fundadamente acerca de la existencia de riesgos procesales concretos y que la imputada puede llegar a obstaculizar el devenir de ambas pesquisas e influenciar sobre el menor testigo del evento luctuoso”, indicó el magistrado en su resolutorio.
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