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El Gobierno eliminó a la petrolera YPF del listado de empresas públicas a privatizar, y estableció que en otras se podrá realizar sólo una venta parcial. La decisión forma parte de las numerosas modificaciones que el Poder Ejecutivo introdujo en el proyecto de Ley Ómnibus.
En el capítulo privatizaciones, YPF quedó afuera, mientras que para Nucleoeléctrica, Banco Nación y ARSAT se estableció que el Estado solamente puede realizar una privatización parcial, debiendo mantener el control de la empresa.
Además, se incorporó expresamente la participación de la Comisión Bicameral de Privatizaciones de la Ley N 23.696 para el seguimiento de los trámites respectivos.
Por otra parte, se eliminó el articulo 9 y se amplió la redacción actual del artículo 35 de la Ley número 24.804, con el fin de mantener el poder de veto en algunas decisiones de Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima.
En este caso, el artículo 35 del proyecto oficial quedó redactado así: “El Estado nacional será titular permanente de una acción de Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima y se requerirá ineludiblemente su voto afirmativo para la toma de decisiones que signifiquen:
a) La ampliación de capacidad de una central de generación nucleoeléctrica existente y/o la construcción de una nueva;.
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b) La salida de servicio por motivos no técnicos, ya sea temporal o definitiva, de una central de generación nucleoeléctrica;.
c) La incorporación de accionistas en la Sociedad que le otorguen el control en los términos del art. 33 de la Ley número 19.550 de Sociedades Comerciales.
También se eliminó el artículo 11 del proyecto, manteniendo la obligación del Estado de tener una acción con derecho a veto para las decisiones que impliquen el cierre de la actividad.
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