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La Asociación del Fútbol Argentino (AFA) ratificó este viernes su rechazo a las SAD y advirtió que sólo podrán participar de sus torneos las “asociaciones civiles sin fines de lucro con personería reconocida”.
El ente que regula el fútbol argentino emitió un comunicado para realizar aclaraciones sobre una reciente resolución de la Inspección General de Justicia (IGJ) sobre “modificaciones en relación a las asociaciones civiles (entre las cuales se encuentran los clubes) que tienen domicilio legal exclusivamente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.
“Solo a título informativo, las modificaciones en cuestión en materia de asociaciones civiles realizadas por la IGJ, a grandes rasgos, permiten que, a partir de la vigencia de la norma (1 de noviembre de 2024), las asociaciones civiles puedan ser socias de sociedades anónimas y/o que las asociaciones civiles puedan transformarse en sociedades anónimas (extremos antes no permitidos)”, explicó la AFA en su comunicado.
La Asociación señaló que la IGJ es un “organismo local de la Ciudad de Buenos Aires” y que sus modificaciones “no obligan ni inciden en forma alguna en el estatuto social de la AFA, continuando, siendo un requisito indispensable para ser miembro de AFA el ser una ‘Asociación Civil sin fines de lucro’, tal como lo decidieron libremente las entidades miembros de AFA”.
Además, advirtió que “AFA ni sus entidades miembros se encuentran en oposición a las llamadas SAD (Sociedades Anónimas Deportivas) y/o a que cada asociación civil (club, sea cual fuere su actividad) pueda decidir libremente la estructura jurídica a adoptar; ahora bien, a lo que sí se opone AFA y sus entidades miembros, puesto que es palmariamente inconstitucional, es que se quiera obligar a cualquier ente privado (la AFA y cualquier asociación civil, lo es) a asociar a entidades con diferente estructura jurídica a la de sus actuales miembros en clara oposición a sus estatutos conforme así lo establecieron sus socios”.
En esa línea, ejemplificó: “Es como si a los accionistas de una sociedad comercial (ente privado) se los quiera obligar por medio de un decreto del poder ejecutivo a asociar a otros accionistas por intereses particulares del gobierno de turno”.
“En conclusión, las genéricas modificaciones introducidas por la IGJ para las asociaciones civiles radicadas exclusivamente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no inciden ni modifican en absoluto los requisitos para los clubes miembros de la Asociación del Fútbol Argentino, que, conforme lo estableció su asamblea (órgano de gobierno máximo), deberán ser únicamente asociaciones civiles sin fines de lucro con personería reconocida”.
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