28 de Marzo de 2000 | 00:00
NOTA IV
Los códigos de descuento que manejan algunas mutuales son la clave de lo que el propio INACyM (organismo de contralor de la actividad) define como el sistema "usurario" que funciona en varias de estas entidades y que las habrían convertido en negocios millonarios. Esos códigos son los que permiten a algunas de estas entidades vender todo tipo de artículos y servicios, además de prestar plata a los empleados públicos, asegurándose el cobro en cuotas -con altísimo interés- por el descuento directo que la propia Administración aplica sobre los salarios de sus agentes. En la práctica, "el negocio" incluye hasta la reventa de cerca de un centenar de subcódigos a, por ejemplo, tiendas de ropa, zapaterías y otros comercios minoristas de los más variados rubros.
De hecho, los expertos consultados coinciden en señalar que un primer análisis de los beneficios de este sistema de cobranza con riesgo cero permite calcular movimientos de fondos que, por lo menos, rondan los 100 millones de dólares por año, aunque otras estimaciones hablan de cifras aún mayores. Y eso, sólo en la provincia de Buenos Aires y a través de una operatoria no tiene prácticamente ningún control efectivo.
"Si se efectuaran los adecuados procesos administrativos", sostiene un ex funcionario de la Administración bonaerense, "saltaría la inoperancia de muchas direcciones administrativas y de liquidación de sueldos y de organismos de contralor interno. Por acción u omisión, miedo o interés, agrega, "dejaron pasar cosas que nunca debieron ocurrir".
El mecanismo para otorgar un código de descuento en los sueldos de los empleados de la Administración pública se encontraba mínimamente establecido en el decreto 1.533/94 y sus modificatorios. Después de la investigación publicada por EL DIA, el vicegobernador Felipe Solá firmó un nuevo decreto regulatorio del sistema. Sin embargo, otros funcionarios no ocultan sus críticas a una normativa que, según sostienen, en la práctica no altera demasiado el panorama.
En el decreto firmado días atrás por el vicegobernador Solá -como antes en el 1.533/94-, se determina que las Direcciones Generales de Administración de cada organismo público son las únicas autorizadas a efectuar "descuentos, quitas o retenciones, sobre los haberes del personal". Para esto, ambos decretos incluyen anexados un convenio marco de aplicación obligatoria.
Siempre según ambos decretos regulatorios del sistema, la entidad interesada debe acompañar copias del reconocimiento y autorización para funcionar del INACyM, una copia similar otorgada por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas, copias de su estatuto y autoridades, nómina de sus afiliados (indicando el organismo en que trabajan y su número de legajo) y, por último, la autorización formal y expresa de los afiliados al descuento.
En la práctica, advierte precisamente el responsable de esta repartición en un ministerio bonaerense, "nosotros estamos autorizados a conceder estos códigos, pero no estamos obligados a hacerlo. Es algo facultativo". En realidad, agrega, "concederlos o no depende de una voluntad política, como también lo es controlarlos".
Precisamente esta discrecionalidad política y administrativa es la que posibilitó que una mujer jubilada, viuda y sin vivienda propia cobre hoy en día una jubilación en el Instituto de Previsión Social de 0 peso. Para peor, su hijo trabaja en el Consejo Provincial del Menor y, pese a los más de 800 pesos que debiera cobrar por horas extras, gana menos de 20 pesos (ver facsímil de los recibos de haberes).
En parte, aduce un funcionario consultado por EL DIA, el problema consiste en que los responsables de liquidar los sueldos en cada una de las reparticiones públicas se encuentran facultados a decidir la suerte de la concesión de un código. Mientras en algunos organismos los códigos parecen florecer a una velocidad temeraria, en otros, en cambio, brillan por su ausencia o, al menos, por su escasez. Y esta misma discrecionalidad y descentralización de los códigos, explica, impide precisar a ciencia cierta cuántos códigos hay entregados en toda la Provincia. O de qué se tratan los códigos otorgados.
Las disposiciones establecen que sólo pueden gestionar y obtener un código de descuento los sindicatos con personería gremial, las mutuales y cooperativas dirigidas "exclusivamente por agentes de la Administración Provincial", la Dirección de Servicios Sociales de la Policía Bonaerense, el Instituto de Previsión Social y, de un modo más genérico, "otras Instituciones del Estado Provincial".
Sin embargo, la llave maestra para que las entidades financieras, bancarias y comerciales privadas puedan superar el impedimento legal de esta enumeración consiste en obtener un "subcódigo", es decir, una de las "porciones" en que se troza un código de descuento. En efecto, cada adjudicatario de un código puede disponer de él como le plazca y, si así lo desea, incluso revender al mejor postor algunos de los beneficios.
¿Cómo funciona la "transferencia" de subcódigos? Una tienda de ropas, por ejemplo, vende a través del código de descuentos de una mutual, que para autorizarla a utilizar el sistema le cobra, por caso, el 4 por ciento del monto global de las ventas que realice a través de ese mecanismo. Así, el empleado que compra ropa en esa tienda recibirá, a fin de mes, un descuento a nombre de la mutual en su recibo de sueldo.
Los ahora derogados decretos 1.533/94 y sus modificatorios, como así también el nuevo decreto regulatorio del sistema de descuento, nada dicen sobre los "subcódigos". Y, como conoce cualquier estudiante de Derecho, "todo lo que no está expresamente prohibido por la ley, está permitido". Ante esta laguna jurídica, sin embargo, algunas dependencias oficiales esbozan una primaria sistematización de esta tierra de nadie.
El Consejo Provincial del Menor, por caso, exhibe en el reverso de los recibos de sueldo una breve explicación de qué incluyen los subcódigos de descuentos. "5-Normal; 6-Adicional; 7-Reintegros". En realidad, y según lo evidenciaron decenas de empleados que accedieron a dialogar con EL DIA, esta lacónica lista no hace más que aportar más confusión a los descuentos concedidos a las quince mutuales con código en el organismo.
El ministerio de Salud muestra idéntica enumeración de subcódigos, pero además incluye una breve explicación: "El código de conceptos se divide en dos partes a saber: Los dos primeros dígitos corresponden a 'conceptos' y el tercer dígito a 'subcódigo' o 'descuentos'". En la práctica, sin embargo, algunos de los descuentos son alfanuméricos, por lo que la descripción no explica nada. Por caso, AMEBS posee la clave "7U" y "7ó", la mutual Libertad lleva los códigos "8L" y "8M" y la mutual AMTAE cuenta con el "8P" y el "8Q".
Otro ex funcionario de la Gobernación asegura que en la actualidad algunas mutuales venden hasta un centenar de subcódigos a comercios minoristas de cualquier ramo. Así, aunque figura bajo el código de la mutual, negocios como zapaterías, tiendas de vestir e, incluso, concesionarias de motos se beneficien con los códigos de descuento, a cambio de una comisión en sus ventas que fluctúa entre el 2 y el 5 por ciento.
El actual responsable de liquidar los sueldos en una de las más importantes reparticiones públicas provinciales expresa otro agravante: "Los subcódigos son una cuestión privativa de cada mutual. Desde acá (por su oficina), no es posible controlarlos". Cada una de estas entidades, añade con fin didáctico, "retiene los detalles de las operaciones que hace con su código y sólo debe girarnos la cantidad de dinero y de cuotas del crédito otorgado a un empleado que trabaje acá, y ni siquiera el monto inicial del préstamo, por lo que desconocemos las tasas de interés cobradas".
Conseguir un código, sin embargo, no es un trámite burocrático sencillo. "El trámite puede tomar años si no se cuenta con un amigo dentro de la oficina encargada", dice el presidente de una mutual que desde hace años gestiona un código sin éxito. "Es necesario un amigo, un padrino o 'algo' que acelere las gestiones".
UN CONFLICTO INSTITUCIONAL EN EL HORIZONTE
Más grave aún, el nuevo decreto regulatorio firmado por Solá podría generar un conflicto institucional entre la Provincia y la Nación. De hecho, una resolución del Banco Central puede, en parte, haber sido modificada por el artículo 9º del nuevo decreto, que determina que las mutuales y las otras entidades autorizadas a recibir los descuentos por créditos y préstamos en dinero "no podrán fijar tasas de interés que superen las establecidas por las entidades bancarias oficiales, en operatorias similares".
El Banco Central ya tenía establecido desde hace años la cuantía de las tasas de interés. La circular 1367/93 y las comunicaciones que la modifican -las 2.257, 2.387 y 2.805, ésta última del 17 de noviembre de 1998- reglamentan precisamente "la actividad financiera" de las asociaciones mutuales. En estos momentos, al disponer que los intereses cobrados por estas entidades no deben exceder la establecida por el Banco de la Nación Argentina para los depósitos a plazo fijo de 30 días, limita al 5,64 por ciento de interés anual los márgenes de ganancias mutualistas.
Estas resoluciones son, no obstante, las que marcan el auge de las financieras que firman acuerdos con ciertas mutuales, entre ellas, El Verbo, Columbia y Finvercon. De hecho, las resoluciones del Central prohíben cobrar intereses superiores al 5,64 por ciento anual con una salvedad: que las entidades deleguen este servicio en un banco o entidad financiera, una práctica anterior que entre otras alternativas puede consistir en ceder la cartera de créditos.
Con todo, los generosos beneficios de asegurarse la cobrabilidad de los préstamos gracias a un código no siempre se hacen realidad. Numerosos empleados de la Administración pública se han encontrado con la desagradable sorpresa de estar inscriptos en el "Veraz", el sistema informativo del Banco Central sobre morosos e incumplidores crediticios que de ser incluido imposibilita la obtención de préstamos bancarios, pese a que todos los meses le descuentan cuotas.
Según lo que estas financieras explican a los empleados que se quejan, ciertas mutuales retienen temporaria o definitivamente el dinero descontado que debieran girar a las entidades crediticias. Y, siempre de acuerdo a las explicaciones de las financieras, éstas sólo cuentan con la presión y la indignación de los afiliados para que las mutuales giren finalmente las partidas.
En momentos en que la revista "Realidad Mutualista" calcula que existen 351 mutuales trabajando en la Provincia, no todas obtienen los beneficios propios de un código de descuento. Por ejemplo, una mutual dirigida e integrada por personas de una villa miseria que construye viviendas para luego ser compradas por los propios vecinos. Hay otra que con préstamos a intereses irrisorios permitió, por caso, que una viuda con cinco hijos menores que vivía en una casilla de cartón viviera poco tiempo después en una vivienda de material con 3 dormitorios.
Otras pocas mutuales y cooperativas, en cambio, funcionan ellas mismas como "entidades financieras usurarias", tal como las define la titular del INACyM, Mary Sánchez. Incluso, varias personas denunciaron que todos aquellos que gestionan un préstamo en una poderosa y controvertida mutual platense deben dejar sus huellas dactilares impresas en la ficha de solicitud. El responsable de la entidad no negó la práctica, aunque intentó minimizarla al afirmar que "sólo lo hacemos cuando creemos que el gestionante puede ser un tramposo".
LA AFIP NO INTERVIENE
A todo esto, un muy alto funcionario de la regional local de la AFIP sostiene que el organismo fiscal no puede actuar en la órbita mutualista. "Las mutuales gozan de exenciones impositivas si cumplen con unos requisitos formales. Desde ese momento, nosotros carecemos de competencia para vigilarlas salvo que el INACyM solicite expresamente nuestra colaboración". Pero hay fundaciones, que también están eximidas del pago de impuestos, a las que sin embargo la AFIP ha inspeccionado.
Mientras tanto, cabe recordar que el organismo presidido por Mary Sánchez cuenta con apenas 9 inspectores para controlar las mutuales y cooperativas de todo el país.
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