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Vidal amplió la obligatoriedad de presentar declaraciones juradas a policías

A partir de ahora también tendrán que hacer el trámite desde el rango de oficial inspector o equivalente, todo el personal de jerarquía inferior a cargo de una comisaría y la totalidad del personal de la Superintendencia de Investigaciones del Tráfico de Drogas

30 de Agosto de 2017 | 14:01

La gobernadora de la provincia de Buenos Aires, María Eugenia Vidal, amplió hoy la obligatoriedad de presentar declaraciones juradas patrimoniales a los efectivos de la Policía bonaerense y del personal penitenciario.

Además, dispuso que para todos los funcionarios y agentes del Poder Ejecutivo el vencimiento para dicha presentación, que es anual, será el 31 de octubre y que deberá ser entregada de manera digital.

A través de un decreto publicado hoy en el Boletín Oficial, la gobernadora estableció un nuevo sistema de Declaración Jurada Patrimonial de los funcionarios y agentes del ámbito del Poder Ejecutivo bonaerense.

Así, desde este año, deberán presentar una declaración jurada de bienes el personal de las Policías a partir del rango de oficial inspector o equivalente; todo el personal de jerarquía inferior a cargo de una comisaría y la totalidad del personal que preste servicios, sin importar jerarquía o función, en la Superintendencia de Investigaciones del Tráfico de Drogas Ilícitas y Crimen Organizado.

Hasta ahora, la obligatoriedad de presentación de declaraciones juradas era desde subcomisario hasta comisarios generales.

También, el personal del Servicio Penitenciario Bonaerense con grado igual o superior al de alcaide o equivalente, personal de jerarquía inferior a cargo de unidades penitenciarias o alcaidías.

De acuerdo a fuentes gubernamentales, la novedad de que las declaraciones sean presentadas en formato digital apunta a la reducción de gastos y la aceleración y transparencia de los procesos.

En el decreto publicado hoy en el Boletín Oficial, se aclara que "la presentación en el formato actual genera grandes cantidades de papel a almacenar dificultando la sistematización de la información y acceso a la misma" y se añade que "debido al volumen de sujetos obligados que integran el universo y su dispersión en el territorio provincial deviene necesario implementar un sistema centralizado de presentación para efectuar la Declaración Jurada Patrimonial Integral".

"En el marco de la política de modernización resulta necesario garantizar la eficiencia, eficacia y economía de los procesos administrativos", expresa el decreto y añade que "teniendo en cuenta las herramientas tecnológicas disponibles, la implementación de una aplicación web supone la solución más apropiada".

Así, se explicita la necesidad de efectuar "modificaciones en el sistema vigente a fin de adecuar la normativa provincial en pos de las necesidades que imperan" y "establecer pautas concretas para su cumplimiento".

En cuanto a la modalidad de la presentación, el decreto establece que la autoridad de aplicación, que será el ministerio de Justicia, pondrá a disposición de los sujetos obligados una aplicación web para la carga y remisión de las Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales de la provincia de Buenos Aires.

En la provincia de Buenos Aires, la Declaración Jurada Patrimonial alcanza a un total de 55.000 personas entre ellas la gobernadora, el vicegobernador, ministros, secretarios y titulares de organismos autárquicos y descentralizados, subsecretarios y "todo otro funcionario con jerarquía equivalente, directores provinciales, directores y todo otro funcionario con jerarquía equivalente o superior a director, personal de Gabinete y secretario privado".

Otra novedad es que ahora los funcionarios y agentes deberán incluir en la Declaración Jurada Patrimonial Integral sus antecedentes laborales y profesionales de los últimos dos años, sean o no remunerados, incluyendo los que realizare al momento de su designación.

Desde ahora, entonces, se presenta una sola declaración y el sistema dividirá automáticamente lo público de lo reservado, que quedará encriptado por si algún funcionario judicial lo requiere, mediante el procedimiento técnico que la autoridad de aplicación determine.

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