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No son pocas las oportunidades en que se ha llamado aquí la atención sobre la necesidad de que se propenda a la integración de quienes padecen discapacidades, cualquiera sea el tipo de disminución que experimenten, ya sea con la población en general o con el funcionamiento de la Ciudad , bregándose por la remoción de las barreras espirituales y arquitectónicas que aún subsisten.
En ese contexto cobra importancia un fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo de La Plata que le ordenó al ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos bonaerense que instrumente medidas tendientes a que una línea de transporte la adopción de medidas tendientes a facilitar el acceso de discapacitados físicos a los ómnibus.
Tal como se detalló en la noticia publicada en este diario, la acción de amparo fue iniciada por la “Asociación Azul” contra una empresa local de ómnibus y recayó en un juzgado correccional de nuestra ciudad, que rechazó la presentación judicial. Apelada esa decisión, la Cámara hizo lugar al recurso, de modo que ahora las unidades de esa empresa deberán adaptar su diseño, para hacer accesibles los ingresos a las personas con discapacidad motriz.
Uno de los fundamentos expresados en el fallo determina que “el art.75 de la Constitución Nacional impone al Estado el deber de garantizar la igualdad real de oportunidades y de trato, en particular con respecto a los discapacitados”, destacándose además que “toda persona que se encuentre en condición de vulnerabilidad es titular de una protección especial, en razón de los deberes especiales cuyo cumplimiento por parte del Estado son necesarios para satisfacer las obligaciones generales de respeto y garantía de los derechos humanos”.
En la publicación del fallo realizada por este diario, también se consignó que en la Provincia rige una ley, reglamentada a partir de enero de 2015, que exige a las compañías del autotransporte en el territorio bonaerense que, al reemplazar vehículos viejos por nuevos, éstos garanticen la accesibilidad a todos los pasajeros. Tener piso bajo, rampas para subir y bajar del vehículo y dos lugares destinados a sillas de ruedas forman parte de las exigencias.
A grandes rasgos cabría recordar que, a partir de la imposibilidad de subir y bajar de los colectivos locales y de persistir en la ciudad un diagrama de veredas desatendidas y plagadas de peligrosos obstáculos para los desiguales físicos, la experiencia aquilatada en muchos años -en torno a temas referidos a las barreras arquitectónicas que deben enfrentar- no ha sido positiva.
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Ocurre que, muchas veces, se incurrió en el error de no consultar en detalle a quienes conocen estos temas en profundidad, avanzándose así –especialmente en el ámbito del Concejo Deliberante local- en el dictado de normas que resultan incompletas o inconducentes.
Es verdad que en las últimas décadas se han experimentado avances importantes en lo que se refiere a una mayor atención hacia los desiguales físicos y a personas de edad avanzada. Sin embargo, es aún largo el camino que falta recorrer.
Desde luego que resulta esencial que los poderes públicos –nacionales, provinciales y municipales- pongan en práctica medidas que apunten a despejar los obstáculos y barreras que persisten, para convertir a las ciudades en territorios sin impedimentos, amigables para todos.
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