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El ENACOM declaró la obligatoriedad del registro de los datos biométricos para dar de alta nuevas líneas de celulares, con el fin de controlar las estafas y delitos
Ante el incremento de las estafas, de los conocidos “cuentos del tío” y robos llevados a cabo a través de teléfonos celulares, el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) oficializó la implementación de un nuevo sistema de validación de identidad, que será obligatorio para todas las empresas.
Actualmente, las compañías telefónicas cuentan con un registro en el que tienen detallados solamente los datos filiales -nombre, apellido y número de documento- de los titulares de las líneas, lo que no resulta suficiente para detener o al menos intentar contener este tipo de delitos. Es por eso, que ahora cada vez que se de de alta un nuevo teléfono, el usuario además de brindar su información personal, deberá verificar sus datos biométricos.
Estos datos no son más que las “características únicas del ser humano, sean físicas, fisiológicas o asociadas al comportamiento que faciliten y garanticen la identificación de un individuo (persona física), mediante sistemas o procedimientos tecnológicos”, explicaron desde el ENACOM.
De esta manera, a partir de la publicación de la resolución, las empresas telefónicas tendrán un plazo de 60 días para adecuar sus sistemas y cumplir con la nueva normativa para la que tendrán la libertad de administrar el registro de sus usuarios mediante las herramientas y mecanismos que crean necesarios.
Esta medida solo regirá en el alta de nuevos números, mientras que las líneas que ya están vigentes deberán pasar por este tipo de verificación en caso de que se registre el cambio de titularidad o de tarjeta SIM. Pero además, cabe destacar que en la resolución dictada por el ENACOM detallaron que también se podrá solicitar que se reverifiquen los datos en el caso de que la persona realice alguna modificación que pueda ser considerada como “sensible”.
Por otro lado, desde el ente regulador de comunicaciones, indicaron que tendrán la potestad de “requerir a los prestadores informes periódicos que contengan una detallada estadística en materia de incidencia y tipología de fraude”. Se tratarán de informes de “carácter reservado y cada empresa deberá resguardar los comprobantes correspondientes al proceso de validación de identidad que llevó adelante cada una y cada uno de sus usuarios titulares por un plazo de 10 años”, señalaron en la resolución.
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Tal como lo adelantaron, esta decisión fue tomada a partir de “la expansión de la tecnología digital en el escenario de las telecomunicaciones vino acompañada de la proliferación de maniobras delictivas que ponen en riesgo la seguridad de las y los ciudadanos”.
Así con la implementación de la revalidación de la identidad el organismo busca “reducir la incidencia del denominado fraude de suscriptores o de sustitución de identidad”.
Cabe destacar que las líneas que no cumplan con estos requisitos “no podrán cursar tráfico, con excepción de la posibilidad de acceder a los centros de atención personalizada y a los servicios de emergencia; tampoco tendrán activa la casilla de correo de voz”.
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