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La Defensoría del Pueblo hizo el pedido ante el área de Seguridad Vial de la Provincia. Ya hay fallos judiciales en ese sentido
La Defensoría del Pueblo de la Provincia le reclamó a la Provincia que le exija a los municipios que permitan otorgar o renovar la a aquellas personas que tengan multas por infracciones de tránsito.
El planteo ante la subsecretaría de Política y Seguridad Vial del Ministerio de Transporte se orienta a los casos en que las sanciones no cuenten con sentencia firme de juzgado competente. Desde esa cartera ayer no hubo respuesta a la iniciativa, que cuenta con jurisprudencia bonaerense en el mismo sentido. Por caso, un fallo judicial de este año en la Ciudad, liberó de esa obligación a un vecino a quien le frenaban el trámite por . A principios de año, el juez Juan Pablo Masi (Juzgado de Garantías Nº 4) entendió que la exigencia carece de valor constitucional por no estar contemplada en el Código de Tránsito, ya que sólo se expresa en el decreto reglamentario. Así, ordenó a la Municipalidad de La Plata entregarle la licencia.
Unos meses más tarde, en abril, ingresó en la Legislatura Bonaerense un proyecto que busca legislar en ese sentido, reformando el artículo 8 de la Ley de Tránsito Provincial 13.927. “En ningún caso podrá supeditarse la renovación de la Licencia de Conducir a la obtención de certificado de Libre Deuda de infracciones pendientes de resolución por multas pecuniarias, debiendo ocurrirse por la vía procesal correspondiente para su cobro y ejecución”, propone la iniciativa del diputado platense Juan Malpeli.
Se argumenta en ese proyecto que la norma, tal como está redactada, da lugar a “interpretaciones arbitrarias”. También se menciona allí que aún como fruto de esa redacción, no en todos los distritos se exige esa condición.
Por caso, en Ensenada se da a esa situación. Ante una consulta de este diario, desde esa Comuna se indicó que hay un instrumento legal para aplicar: una circular de Seguridad Vial que tomó letra de la resolución 74/15, donde se insta a los municipios a entregar las licencias a quienes no tengan sentencia firme y consentida, en causas contravencionales, se indicó desde la Subsecretaría de Tránsito de Ensenada.
La norma en cuestión exige a los municipios (otorgan la licencia) que “certifiquen que el interesado no se encuentra inhabilitado y que no posee sanciones incumplidas dictadas por los órganos administrativos competentes, que le impidan conducir en el territorio provincial y en cualquier otra jurisdicción del país”.
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Guido Lorenzino, titular de la Defensoría, argumentó ayer sobre el planteo que “estamos hablando de que el Estado debe garantizar el derecho a la circulación. Las deudas motivadas por una infracción, sobre todo las que no tienen sentencia firme, y no por las aptitudes del conductor, no deben ser argumento para impedir la emisión del ”.
La Defensoría también considera que el hecho de tener pendiente el pago de una infracción no tiene ninguna relación con favorecer la seguridad vial, ya que no se advierte de qué forma esto quedaría a resguardo por abonar la deuda.
El secretario de Servicios Públicos y Transporte de la Defensoría, Gastón Arias, afirmó en FM La Redonda 100.3 que “se trata de una cuestión que la Defensoría viene manifestando desde hace muchos años. Hay ciudadanos que cuando van a renovar el registro se encuentran con multas que están en el sistema y les exigen pagar esas multas, obviamente, y el libre deuda, como requisito para la renovación. El trámite para renovar lo realizaba la Provincia pero desde hace varios años está en mano de los municipios. Para nosotros esto es ilegítimo porque la gran mayoría de esas multas por infracciones de tránsito no tienen sentencia firme”. El funcionario concluyó que “se trata de una exigencia con un fin recaudatorio”.
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