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Lo decidió la Sala V, que rechazó por “inadmisible” un planteo de hábeas corpus de la defensa
La sede del Tribunal de Casación, la máxima instancia penal de la provincia de Buenos Aires. Ayer los jueces de la Sala V le dieron un duro revés a los jefes policiales presos por los sobres
En contra de lo que se esperaba, a partir de una información sensible que circuló en ámbitos judiciales, los nueve ex jefes policiales de nuestra ciudad detenidos bajo sospecha de integrar una presunta asociación ilícita dentro de la Jefatura Departamental, se presume que para recaudar fondos provenientes de actividades delictivas, continuarán presos.
Ayer La Sala V del Tribunal de Casación Penal bonaerense, por mayoría, rechazó por inadmisible un recurso de hábeas corpus presentado por los defensores de algunos de los imputados.
Los jueces de Casación Jorge Celesia y Fernando Mancini declararon inadmisible el hábeas corpus.
En la resolución los jueces de la mayoría explicaron que “el hábeas corpus presentado de manera originaria ante esta instancia no puede admitirse”, y por ello reenviaron el recurso “a la Cámara de Apelaciones y Garantías de La Plata, para que allí jueces habilitados tomen conocimiento”.
Como se sabe, la semana pasada la jueza de Garantías Marcela Garmendia había rechazado el pedido de excarcelación formulado por abogados defensores de los imputados.
Pero a través de un hábeas corpus en Casación se buscó la libertad de algunos de los ex jefes policiales, al menos “hasta que se agote la vía recursiva, contra la detención”.
Ese camino fue intentado por el ex titular de la Policía platense, Darío Camerini; quien fuera su segundo jefe, Roberto Carballo; el ex secretario, Walter Skramowskyj y el ex jefe de Operaciones, Ariel Huck, asistidos por los abogados Oscar Salas y Christian Romano.
También, el ex titular de la comisaría de Los Hornos, Sebastían Cuenca, representado por la defensora oficial, Victoria Palomino.
El resto de los detenidos, patrocinados por el abogado Mariano Mazzochini (Raúl Frare y Federico Máximo Jurado, que estaban a cargo de las comisarías de Villa Elisa y Ponsati; de Sebastián Velázquez, de la segunda y de Julio Sáenz, de la sexta, estaban a la espera del fallo de Casación.
En el voto minoritario, el juez de Casación, Martín Ordoqui, concluyó que debe admitirse el recurso de hábeas corpus por tratarse de una “circunstancia de gravedad institucional” y que los policías debían recuperar la libertad, al menos, hasta que se agote la vía recursiva.
En ese sentido, el magistrado explicó que “el Código que rige en la Provincia de Buenos Aires, transita el absurdo de habilitar la intangibilidad de un imputado, aún por el delito de homicidio, si su abogado hábilmente presenta una eximición de prisión antes de ser detenido, para luego obviamente agotar la batería de recursos que la ley le otorga en su defensa”.
“Ciertos Departamentos judiciales, como es el caso de La Plata, cierran el doble conforme en las Cámaras Departamentales, haciendo primar el sentido común frente al mandato legislativo; ciertamente se trata de un acto de buena voluntad tendiente a evitar fenómenos denominados por la política como puerta giratoria”, afirmó.
“No obstante ello -agregó- cuando así ocurre en instancias de revisión dicha postulación cede ante el imperio del mentado artículo”.
El artículo 431 del Código de Procedimiento Penal bonaerense, establece que “las resoluciones judiciales no serán ejecutadas durante el término para recurrir ni durante la tramitación del recurso”, dijo el juez Ordoqui.
También precisó que “se necesita una urgente reforma legislativa”, para lograr lo mismo que “en el ámbito de la Justicia Nacional o Federal, que en el artículo 332 del C.P.P.N, establece claramente que el auto que conceda o deniegue la excarcelación será apelable sin efecto suspensivo. Es decir aquello que resuelve el juez de la Instancia es inconmovible hasta que resuelva el Superior. Ya sea confirmando o revocando, el acusado permanecerá detenido hasta tanto los estamentos superiores del sistema nacional lo resuelvan”.
La postura de Ordoqui quedó en minoría. y con voto de Celesia y Mancini se rechazó el hábeas corpus.
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