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La misma jueza que lo había dispuesto consideró que la medida puede “provocar un daño al interés público”
La Comuna podrá ahora volver a disponer de sus cuentas, mientras se desarrolla el juicio
La jueza en lo Contencioso Administrativo de La Plata María Ventura Martínez dispuso ayer el levantamiento de la medida cautelar que trababa un embargo en las cuentas de la Comuna por 48 millones de pesos, y que condicionaba el normal funcionamiento del municipio.
Se trata, como viene publicando este diario, de una cuestionada resolución dictada por la propia magistrada contra la Municipalidad, en el marco del reclamo de organización por el otorgamiento de publicidad oficial en una causa de 2007 y que cursa la primera instancia judicial, es decir, no cuenta con sentecia firme.
El polémico embargo se habia realizado el 4 de agosto pasado sobre la cuenta ejecutora de libre disponibilidad de la Comuna y, tras la negativa de Martínez, titular del juzgado Nº4, de sustituir el dinero por bienes inmuebles de la Comuna, había dejado al funcionamiento del municipio en una especie de parate financiero.
En ese sentido, el 29 de agosto, dos días antes de la fecha de cobro, el intendente, Julio Garro, había advertido sobre el riesgo que corría el pago de salarios a los empleados, en el marco de esta situación y había advertido que también las obras estaban “frenadas”.
Pero luego el jefe comunal decidió pagar los salarios para priorizar a los trabajadores en detrimento de cumplir obligaciones con proveedores y pagar los servicios en tiempo y forma.
En la nueva resolución, que tiene fecha del 7 de septiembre, la jueza expresa que, dada la presentación que había realizado el municipio donde expone que la cuenta de libre disponibilidad embargada contenía los fondos para girar a la cuenta sueldo y a otras para el pago de distintos servicios, el mantenimiento de la norma que había dictado “puede provocar un grave daño al interés público”.
La jueza consideró que el mantenimiento del embargo podría provocar un “grave daño al interés público”
Al tiempo que desestima la presentación de nuevos inmuebles que los abogados de la Comuna habían presentado para sustituir, argumentando que”se encuentran reservados para el cumplimiento de fines públicos, no pudiendo ser objeto de embargo”.
En los considerandos de la resolución, Martínez cita los informes presentados por el tesorero general de la Comuna, Alejandro Laberne, en los que señala que la cuenta embargada está indicada como de “libre disponibilidad” y que “es la única cuenta que es utilizada por el municipio para realizar la totalidad de los pagos que se deben afrontar, incluyendo servicios, pagos a proveedores, pagos a cooperativas y, principalmente, sueldos”.
En este sentido, Laberne explica por qué compromete los salarios al indicar que “si bien existe una cuenta destinada exclusivamente al pago de sueldos de los agentes municipales, la misma no posee saldo hasta que la Dirección de Personal realice la liquidación mensual e informea la Tesorería del Municipio que debe abonar ese mes, procediendo ésta a realizar el débito desde la cuenta ejecutora”.
Y también consta de las presentaciones realizadas por la Comuna que “con la medida se ha modificado el flujo de gastos que el Municipio tenía programado, generando un gran inconveniente futuro como es el pago de sueldos de este mes, y asimismo dudas con respecto al pago de cooperativas, como del complementario de sueldos, produciendo no sólo un perjuicio para los proveedores y toda la ciudadanía sino también un grave problema para las arcas municipales”.
A estas argumentaciones, la magistrada las consideró “sobrevinientes, fundadas y diferentes” de las anteriores.
El embargo que a través de una cautelar había decidido Martínez obedecía a una demanda planteada en 2007 de una organización que reclama publicidad oficial del municipio y que pretende una indemnización de 84 millones de pesos. La causa está en manos de la misma magistrada, en la primera instancia, y espera el proceso del período de prueba.
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