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¡Zafó River! El Tribunal resolvió que se juegue el partido al que no se presentó con Atlético Tucumán

¡Zafó River! El Tribunal resolvió que se juegue el partido al que no se presentó con Atlético Tucumán
19 de Noviembre de 2020 | 21:43

El Tribunal de Disciplina de la AFA resolvió no sancionar a River por no presentarse a jugar el partido contra Atlético Tucumán, en marzo pasado, correspondiente a la primera fecha del torneo Copa Superliga, el cual fue interrumpido por la pandemia de coronavirus. Además de este partido, que debió jugarse en el estadio Monumental, también quedó pendiente, aunque con autorización, Defensa y Justicia-Estudiantes.

Desde que el club de Nuñez no abrió su cancha para darle espacio al encuentro, una posible sanción quedó dando vueltas, hasta que hoy se terminó el misterio cuando a través de un comunicado, y en forma sorpresiva, el Tribunal de Disciplina, utilizando su página oficial, informó que el partido se disputará y River, que no recibirá castigo, deberá hacerse cargo de los gastos que demande el traslado de la delegación de Atlético Tucumán.

El comunicado por el cual se conoció la resolución del caso explicó que "la decisión del club constituye un caso de infracción reglamentaria que, sin embargo, no debiera ser sancionada por imperio del criterio protegido en toda normativa jurídica llamado 'estado de necesidad justificante'".

Asimismo, el escrito agregó: "Es claro que el Club River Plate actuó protegiendo un bien jurídico de notorio valor, como es la salud de sus empleados y jugadores, comprometido por riesgos de público conocimiento y cuyos efectos quedaron reconocidos y contemplados por normas de carácter público dictadas oportunamente, aunque para ello quedara incurso en la infracción contemplada por el Art. 109 del R.D.".

A continuación, el texto de la resolución del Tribunal de Disciplina:

1) Exímese al Club River Plate, de la sanción contemplada en el Art. 109 del R.D., atento los fundamentos eximentes expresados en los considerandos y en acuerdo con los Arts. 32 y 33 del R.D. y acumulación expediente 84409 (Art. 58 del R.D.).

2) Se dispone que el Club River Plate se haga cargo del pago de los gastos correspondientes en que hubiera incurrido el Club Atlético Tucumán, para lo cual requiérase a dicha entidad acredite los gastos de traslados, viáticos y alojamientos en que hubiere incurrido la misma.

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