Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí

Enviar Sugerencia
Conectarse a través de Whatsapp
Temas del día:
Buscar
Política y Economía |CON UN ANTICIPO DEL 20 POR CIENTO Y 5 CUOTAS CONSECUTIVAS

La AFIP habilita plan de facilidades para pagar el impuesto a la riqueza

11 de Marzo de 2021 | 03:51
Edición impresa

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilita en las próximas horas la posibilidad de cancelar el Aporte Solidario y Extraordinario de las grandes fortunas a través de un régimen de facilidades de pago.

El organismo estableció que las personas alcanzadas podrán optar entre el 23 de marzo y el 28 de abril, inclusive, por realizar un anticipo del 20 por ciento de la deuda consolidada e ingresar el saldo resultante en cinco pagos mensuales y consecutivos, adelantó ayer por la tarde el ente recaudador en un comunicado.

La Resolución General N° 4942 dispone que la tasa de financiación para quienes opten por esta vía será la correspondiente a la de los intereses resarcitorios del organismo.

La normativa, que será publicada en el Boletín Oficial en los próximos días, busca “contribuir al cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes”.

MODO DE PAGO Y PLAZOS

Para adherir al régimen de facilidades de pago es requisito concretar el anticipo del 20 por ciento de la deuda consolidada. Las cinco cuotas restantes se abonarán el 16 de cada mes a partir del mes siguiente de concretado el pago inicial.

El plazo para presentar la declaración jurada de los contribuyentes alcanzados por el Aporte Solidario y Extraordinario es el 30 de marzo.

La solicitud de adhesión al régimen no podrá ser rectificada y se considerará aceptada, siempre que se cumplan en su totalidad las condiciones y los requisitos previstos en la normativa.

Este nuevo impuesto a la riqueza, que el Gobierno aseguró que será por única vez, alcanza a las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país por la totalidad de sus bienes en el país y en el exterior y a las personas humanas y sucesiones indivisas no residentes, por la totalidad de sus bienes en el país, siempre que los mismos superen la suma de $200 millones.

La fecha para la valuación de los bienes es la de entrada en vigencia de la Ley, es decir el 18 de diciembre de 2020.

La ley aprobada por el Congreso en diciembre de 2020 establece el destino que tendrán estos fondos: solventar gastos de la pandemia.

El universo total de personas alcanzadas asciende a los 13 mil individuos, según el Gobierno aunque privados creen que son más. Mientras tanto, sigue la pelea entre la AFIP y los contribuyentes del impuesto a la riqueza en la Justicia.

 

Las noticias locales nunca fueron tan importantes
SUSCRIBITE a esta promo especial
+ Comentarios

Para comentar suscribite haciendo click aquí

ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES

HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS

Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales

¿Ya tiene suscripción? Ingresar

Full Promocional mensual

$670/mes

*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $6280

Acceso ilimitado a www.eldia.com

Acceso a la versión PDF

Beneficios Club El Día

Suscribirme

Básico Promocional mensual

$515/mes

*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $4065

Acceso ilimitado a www.eldia.com

Suscribirme
Ver todos los planes Ir al Inicio
cargando...
Básico Promocional mensual
Acceso ilimitado a www.eldia.com
$515.-

POR MES*

*Costo por 3 meses. Luego $4065.-/mes
Mustang Cloud - CMS para portales de noticias

Para ver nuestro sitio correctamente gire la pantalla