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Mañana saldría el fallo: la Corte Suprema respaldaría la postura de CABA sobre las clases presenciales

El martes se daría a conocer el fallo que ratificaría la autonomía del Gobierno porteño a definir sobre el dictado de clases

Mañana saldría el fallo: la Corte Suprema respaldaría la postura de CABA sobre las clases presenciales
3 de Mayo de 2021 | 14:04

Todo indica que la Corte Suprema de Justicia daría a conocer mañana su decisión frente a la disputa entre el Gobierno nacional y la Ciudad de Buenos Aires por las clases presenciales, cuando el decreto que el que el jefe de Gobierno porteño Horacio Rodríguez Larreta fue a la Justicia ya venció y el que rige es otro que extiende la limitación por otras tres semanas.

En ese contexto, se supo que todos los votos de los jueces de la Corte están definidos y que sólo falta convocar a la reunión, la cual podría ser remota, y dar a conocer la acordada que, según indican, sería a favor de CABA respecto a la autonomía para decidir sobre el dictado de clases como cualquier provincia.

Este lunes, cuatro de los jueces de la Corte presentaron sus votos en la Secretaría de Juicios Originarios. Elena Highton de Nolasco se abstendrá porque ya consideró cuando Horacio Rodríguez Larreta presentó el recurso que no no es competencia de la Corte involucrarse directamente en los diferendos entre la Nación y la Ciudad.

Según fuentes judiciales, Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda dieron los mismos argumentos para fallar acerca de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires.

Hace dos semanas, la Ciudad presentó un recurso ante la Corte para defender la autonomía porteña y resistir el Decreto de Necesidad y Urgencia del presidente Alberto Fernández que ordenó cancelar las clases presenciales en todos los niveles educativos. Ese mismo DNU fue reemplazado por otro este último sábado que mantiene esa misma orden.

El pasado jueves, la Procuración General de la Nación emitió un dictamen no vinculante en el que consideró inconstitucional el DNU 241 que suspendió las clases presenciales por considerar que "los argumentos expuestos en la norma impugnada no alcanzan para fundar un estado de necesidad que permita legitimar la suspensión de la concurrencia a los establecimientos educativos en todos sus niveles".

El procurador, Eduardo Casal, señaló que la orden dictada en el DNU 241 "a la que la actora atribuye ilegitimidad y lesión al régimen de autonomía de la Ciudad, representa una conducta explícita de la demandada, con entidad suficiente para sumir a la peticionante en un estado de incertidumbre sobre la existencia, alcance y modalidad de una relación jurídica".

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