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Una juez Civil y Comercial de la ciudad de Rosario se declaró hoy incompetente para tramitar un amparo presentado por un diputado nacional santafesino de Juntos por el Cambio, que solicitó se declare inconstitucional el decreto que suspende por cinco días las clases presenciales en dos departamentos de la provincia de Santa Fe, y envió el caso a la Justicia Federal, informaron fuentes judiciales
La jueza de primera instancia Civil y Comercial de la 18va nominación de Rosario, Susana Gueiler, resolvió de esa manera el recurso de amparo interpuesto ayer por el diputado macrista Federico Angelini.
El legislador del PRO había solicitado a la Justicia que declare inconstitucional el decreto provincial firmado el último domingo por el gobernador santafesino, Omar Perotti, que adhirió el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N°287/21 del Poder Ejecutivo Nacional, relativo a restricciones para detener los contagios de la pandemia de coronavirus.
Por esa norma, Perotti suspendió entre el 3 y el 7 de mayo las clases presenciales en los departamentos de Rosario y San Lorenzo, cuyos guarismos epidemiológicos los ubican en situación de “alerta” sanitaria.
En los dos artículos de la parte resolutiva del fallo, la juez Gueiler se declaró incompetente para entender en el planteo de Angelini por tratarse de un asunto que involucra al Gobierno federal, y remitió copia de la causa a ese fuero.
La jueza consideró que el decreto provincial que intenta impugnar el legislador por inconstitucional, “encuentra su sentido y razón de ser en el DNU 287/21” firmado por el presidente, Alberto Fernández, atento a que es la norma que fija los criterios epidemiológicos para establecer las categorías sanitarias en todo el territorio nacional.
“No cabe duda alguna que el decreto provincial aquí cuestionado de inconstitucionalidad es una consecuencia inescindible e ineludible derivada del DNU 287/21 dictado por el Poder Ejecutivo Nacional”, sostiene el fallo, al que accedió Télam.
Agrega que “existe un indudable interés del Estado Nacional en el pleito aquí traído a consideración por ser la entidad emisora del decreto que impone al Estado Provincial acatar calificaciones y restricciones”.
Así, la jueza entendió que “esta causa no puede ser válidamente sustanciada ni resuelta sin la intervención del Estado Nacional en el proceso”.
Además, sostuvo que ello “se ve abonado al encontrarse cuestionadas en los presentes la inconstitucionalidad de las leyes y decretos nacionales lo cual, conforme interpretación de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, constituye per se una típica cuestión federal”, a cuyo fuero santafesino remitió las actuaciones para que resuelva el planteo del diputado Angelini.
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