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La justicia comercial decretó la quiebra del Correo Argentino SA, una empresa del Grupo Socma de la familia Macri, tras dar por fracasado el proceso de salvataje, al entender que la oferta realizada por la compañía postal “solo representaba el 100 por ciento de la deuda a los ojos de la propia empresa”, pero “no abarcaba el valor actual de la misma”.
En un fallo de 44 páginas, la jueza en lo Comercial Marta Cirulli ordenó, además, “la inhibición general de bienes (de la firma) sin término de caducidad”.
La decisión de la magistrada quedó en sintonía con el pedido de quiebra que había solicitado el Procurador del Tesoro, Carlos Zannini.
El fallo se difundió un día después de que el expresidente denunciara en un carta por las redes sociales que esta causa judicial responde a una “venganza” y “persecución política” del Gobierno.
Las medidas tomadas podrían extenderse al grupo empresario para afrontar el pasivo del Correo, debido a que esta empresa ya no tiene actividad ni bienes, según el fallo.
La empresa ofreció poco más de mil millones de pesos (9,9 millones de dólares al cambio actual) cuando según el Estado -a través de Zannini-, calculó que la deuda real supera los 5.000 millones de pesos (49 millones de dólares), debido a la actualización de los montos.
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La jueza consideró que un grupo de acreedores que había dado su consentimiento a la oferta empresaria hace 20 años, ya no sostendría ese acuerdo 20 años después.
“A lo largo de todo ese tiempo variaron sensiblemente los indicadores económicos y sobrevinieron sucesivas devaluaciones de nuestro signo monetario con gran pérdida del valor adquisitivo, lo cual es de conocimiento público”, indicó Cirulli.
El concurso de acreedores del Correo Argentino se inició en 2001, cuando la empresa del Grupo Macri ya había dejado de pagar el canon que le correspondía para poder explotar la concesión del correo oficial, otorgada en 1997, durante las privatizaciones del gobierno de Carlos Menem. El contrato de concesión fue rescindido en 2003 por el entonces presidente Néstor Kirchner.
La magistrada resaltó además que aún si se dejaran de lado los cuestionamientos a los avales presentados por la concursada y se trabajara con la hipótesis de que “todas las conformidades, adhesiones y ratificaciones obtenidas resultan legítimas, válidas y computables”; la empresa postal no logró la conformidad de su principal acreedor, que es el Estado nacional.
En la parte resolutiva del fallo, la magistrada ordenó oficiar a la Inspección General de Justicia, y al Banco Central y requerirle a este último que “el estado de falencia a todas las instituciones de crédito del país, las que deberán trabar embargo sobre todas las sumas de dinero y otros valores que se encuentren depositados a la orden de la fallida, y procedan a transferirlos al Banco de la Ciudad de Buenos Aires”.
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