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En las inmobiliarias exigen la póliza endosada a favor del propietario para cubrir incendios. Cuesta desde 35.000 a 60.000 pesos por semestre para departamentos
Al alquilar también pueden llegar gastos en seguros / d. alday
Está en la nueva normativa y la contratación de una póliza de incendio es ya una práctica generalizada en el mercado platense para resguardar la inversión del propietario. La modalidad de pago se ajustó a semestral, lo que impacta en el gasto inicial del inquilino.
El mercado de alquileres avanza así en una dirección hacia el uso extendido de la póliza de seguro de incendio como una herramienta de seguridad.
La Ley de Alquileres lo establece como un requisito obligatorio de manera taxativa y en las inmobiliarias se plantea como exigencia.
La martillera Gisela Agostinelli, de “Agostinelli Propiedades” explicó que esta medida se implementa en su inmobiliaria “desde siempre para resguardar la propiedad en caso de que pase algo”.
Un dato importante es el cambio en la forma de pago: “Antes se pagaba una vez al año y ahora se paga cada seis meses, porque los seguros han cambiado la modalidad de pago”.
Esto significa que el locatario (inquilino) debe afrontar el gasto de manera semestral durante la vigencia del contrato.
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“La Ley de Alquileres y el Código Civil prevén que el inquilino debe contratar un seguro de incendio a favor del propietario y a su cargo”, apuntó el martillero Ramón Penayo, propietario de “Penayo Propiedades”. Apuntó que está la opción de extender la cobertura a daños que pudieran tener las propiedades linderas.
Para quienes buscan alquilar en La Plata, sea una renovación de contrato o bien estén pensando en un cambio de vivienda, es crucial considerar este costo.
A continuación, los valores aproximados y actualizados para la contratación semestral de la póliza de incendio en las tipologías más comunes de departamentos, incluyendo gastos de tramitación:
* Monoambiente: $35.000
* Un Dormitorio: $46.000
* Dos Dormitorios: $60.000
Según las consultas que realizó este diario en el mercado local, es importante destacar que esta póliza, aunque es contratada por el inquilino, debe estar endosada a favor del propietario, garantizando que el dueño sea quien reciba la indemnización en caso de siniestro.
El instrumento también se puede usar en otro tipo de propiedades, como casas y locales sometidos a contrato comercial.
Una fuente consultada detalló que en estos casos, los valores no son fijos y se cotizan a medida, ya que las características (metros cubiertos, ambientes anexos como el garaje y otras dependencias) modifican el costo final de la cobertura.
Si bien la póliza de incendio endosada al propietario es un requisito estandarizado en el mercado, existen otros seguros que se han vuelto centrales en los contratos de alquiler, destacándose el seguro de caución como una alternativa eficiente a las garantías propietarias tradicionales.
El seguro de caución es una herramienta financiera que reemplaza la necesidad de presentar un inmueble como garantía. Es contratado por el inquilino y funciona como un respaldo económico para el locador. Su principal ventaja es la velocidad de gestión (generalmente 48 a 72 horas).
Este tipo de póliza ofrece una cobertura integral al propietario, incluyendo:
* Alquileres
* Expensas
* Servicios Impagos.
* Costo por ocupación indebida del inmueble al finalizar el contrato.
El costo de un seguro de caución se estima como un porcentaje del valor total del contrato de locación (tres años) y se abona en un solo pago al inicio, siendo una opción más simple para quienes no tienen familiares directos con propiedades.
Por su parte, el inquilino también debe evaluar la protección de sus bienes.
La póliza obligatoria cubre el edificio. Sin embargo, no protege los muebles y efectos personales. Para esto, existen los seguros de Contenido Personal que resguardan los bienes del locatario ante robo o siniestros, e incluso la cobertura de Responsabilidad Civil ante daños a terceros linderos causados por un accidente originado en la vivienda.
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