Horror en una parroquia: trama de abusos y un monaguillo acusado
Miopía: epidemia en La Plata: casos en alza y diagnósticos que pueden arrancar a los tres años
Alarma escolar en Los Hornos por la posible presencia de asbesto
Colas de más de cinco horas para conseguir la vacunación antigripal
El rugby vuelve a escena: diferentes aspiraciones en los equipos platenses
Nini en “Modo Cumple”: con compras desde $150.000 te llevás un voucher
El servicio de guardias médicas, contra las cuerdas en la Ciudad
Más tensión en el PJ tras el cruce entre Bianco y el entorno de Mayra Mendoza
Imperdibles y con descuentos, la ofertas de este finde en El Nene
Milei participa de un foro en España y se reúne con referentes liberales
Menos sexo entre los adolescentes: pantallas, redes sociales y una intimidad en pausa
Tras la indagatoria, la Justicia autorizó a Tapia a salir del país
Revelan intercambios entre Milei y un lobista antes y después del lanzamiento de $LIBRA
El endeudamiento de las familias es el más alto en veinte años
Científicos platenses crearon un dispositivo que detecta la hepatitis E
Ian Moche donó su cabello para hacer pelucas destinadas a niños con cáncer
La Sociedad de Infectología de La Plata presentó a sus nuevas autoridades
Agronomía, Ciencias Naturales y Psicología tienen nuevas autoridades
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Escuchar esta nota
En un fallo de relevancia para la defensa de los consumidores locales, el Juzgado en lo Contencioso Administrativo de Quilmes, bajo la titularidad del juez Hugo Guarnieri, resolvió rechazar la demanda interpuesta por la empresa ALMUNDO.COM S.R.L. y confirmó de manera integral la sanción que el Juzgado de Faltas N° 3 del municipio de Quilmes le había impuesto originalmente. La resolución judicial convalida el accionar administrativo de la comuna frente a las infracciones cometidas por la agencia de viajes en perjuicio de una vecina del distrito, en el contexto de las cancelaciones derivadas de la pandemia de COVID-19.
La sentencia, fechada el 12 de febrero de 2026 en el marco del expediente N° 50304, ratifica la resolución municipal del 7 de enero de 2025 que castigó a la firma por vulnerar derechos fundamentales consagrados en la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor y la Ley Provincial 13.133. El conflicto se inició tras la denuncia de una usuaria, identificada como M. V. B., quien en diciembre de 2019 adquirió un viaje para ser realizado durante 2020. Ante las restricciones sanitarias, la empresa no brindó respuestas satisfactorias a los pedidos de reprogramación o reintegro, lo que motivó la intervención de las autoridades quilmeñas.
Durante el proceso, la justicia local desestimó de plano los planteos de ALMUNDO, que buscaba eludir la sanción alegando la inconstitucionalidad del pago previo de la multa para apelar, la prescripción del reclamo y la supuesta incompetencia de la municipalidad para intervenir. El tribunal consideró que el Juzgado de Faltas N° 3 actuó dentro de sus facultades legales y que la multa de 200.000 pesos por infracciones a los deberes de información y trato digno resulta fundada y proporcional a la falta cometida.
Uno de los puntos más destacados del fallo es la ratificación de la sanción accesoria de 2.792.089,06 pesos en concepto de daño directo a favor de la denunciante. El magistrado respaldó la postura de la Municipalidad de Quilmes, que durante el litigio sostuvo que el rol de intermediaria de la agencia no la exime de responsabilidad frente al consumidor final. Asimismo, el juez determinó que la denuncia administrativa fue radicada en abril de 2021, cumpliendo con los plazos legales desde la fecha de compra del servicio.
Finalmente, el tribunal convalidó la legitimidad de todo el procedimiento municipal y ordenó que las costas del proceso sean afrontadas por la empresa demandada. De esta manera, el sistema judicial quilmeño sienta un precedente firme en la protección de los ciudadanos frente a incumplimientos contractuales de grandes prestadores de servicios turísticos, asegurando que las multas y resarcimientos fijados por la administración comunal sean efectivos y se mantengan firmes ante las instancias superiores.
ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES
HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS
Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales
¿Ya tiene suscripción? Ingresar
Full Promocional mensual
$740/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $6990
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Acceso a la versión PDF
Beneficios Club El Día
Básico Promocional mensual
$570/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $4500
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Diario El Día de La Plata, fundado el 2 de Marzo de 1884.
© 2026 El Día SA - Todos los derechos reservados.
Registro DNDA Nº RL-2024-69526764-APN-DNDA#MJ Propietario El Día SAICYF. Edición Nro. 6986 Director: Raúl Kraiselburd. Diag. 80 Nro. 815 - La Plata - Pcia. de Bs. As.
Bienvenido
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
Bienvenido
Estimado lector, con sólo registrarse tendrá acceso a 80 artículos por mes en forma gratuita. Para más información haga clic aquí
DATOS PERSONALES
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
¿Querés recibir notificaciones de alertas?
Para comentar suscribite haciendo click aquí