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El trasplante de órganos abre un nuevo debate
JOSE MARIA TAU (*)
Complejo y complicado resulta explayarse sobre la extracción de órganos para trasplantes al sobrevenir una parada cardiaca, cuando las palabras se emplean sin la necesaria precisión en una cuestión tan delicada como lo es la determinación de la muerte de la persona. Más precisamente cuando se habla del diagnóstico de la muerte con fines de trasplante, lo que no admite errores.
La Ciencia Médica y el Derecho reconocen hoy dos criterios para certificar la muerte: el cese irreversible de (todas) las funciones encefálicas y el cese total e irreversible de la función cardiorrespiratoria.
Durante siglos la muerte fue equivalente al cese de la respiración y el latido cardiaco. Se constataba su irreversibilidad por medio del tiempo (mínimo de 6 y máximo de 48 horas) y el cuerpo se inhumaba -o cremaba- antes de manifestarse su descomposición.
El primer trasplante cardiaco, el 3 de diciembre de 1967, también en eso significó una novedad: Barnard sólo esperó unos minutos para extraer el corazón de la donante. Su seguridad radicó en el conocimiento de la causa del coma y el daño que lo produjo.
El paro cardíaco imprevisto es (demasiado) frecuente. Por eso la indicación normal es reanimar. Proliferan los cursos de reanimación básica –compresión y aireación- y ante un paro en el hogar o en la calle, alguien puede ayudar y ese corazón volver a latir.
La reanimación avanzada exige recursos (desfibrilador, drogas, etc,), técnica y prudencia. Si se prolonga más de lo conveniente, puede impactar catastróficamente en el cerebro del paciente.
Porque una cosa es -hoy- científicamente indiscutible: “el último en morir” no es el corazón, sino el cerebro.
Los órganos dejan de ser aptos para trasplante con la parada cardiaca prolongada y consiguiente falta de circulación. Gran parte del éxito del implante depende de los tiempos de isquemia caliente y fría. Diagnosticada la muerte encefálica- la apertura del tórax se realiza con el corazón latiendo. Los traslados urgentes intentan acortar el lapso entre la ablación y el implante.
Nadie debe temer estos procedimientos. Además de estar a cargo exclusivo de un organismo del Estado (aquí, Cucaiba) las normas técnicas son rigurosas y no se trata de “creer” que el paciente está muerto. Además de los signos clínicos, las pruebas instrumentales que exige la legislación argentina confieren suficiente seguridad.
Pero el porcentaje de muertos con diagnóstico neurológico es muy bajo. Lo más frecuente es la muerte con paro cardiorrespiratorio. Un problema para los numerosos pacientes en lista de espera de órganos, ya que sólo permite aprovechar algunos tejidos (córneas, piel, hueso, válvulas cardíacas, entre otros.
Excepto que el tiempo previo a la extracción pueda abreviarse lo suficiente.
Eso llevó a implementar, en España, estrategias que permiten extraer órganos a partir del cese definitivo del latido cardiaco (asistolia) en tiempo reducido.
El mayor impulsor, hoy Director Médico de la OMS en materia de procuración y trasplantes, fue el Dr. José Ramón Nuñez Pena, quien el pasado 4 de noviembre brindó en Cucaiba una extensa exposición explicando las formas de implementación.
Cuatro son esas modalidades y todas exigen conocer acabadamente la causa de la injuria o lesión que motiva el paro. Pueden resumirse así:
I) Pacientes que hacen un paro (han tenido un accidente en la vía pública, por ejemplo) y llegan muertos al hospital por no haber dado resultado las maniobras de reanimación.
II) Pacientes cuyo corazón deja de latir en el ámbito hospitalario, sin que den resultado esas maniobras luego de cierto tiempo.
III) Pacientes que presentan signos de muerte encefálica y, mientras se está realizando el diagnóstico, sobreviene el paro cardíaco total e irreversible.
IV) Pacientes en coma con enfermedad irreversible, a los que se retira el soporte respiratorio.
No entraré en aspectos ajenos a mi incumbencia. Sólo señalaré, dejando de lado cuestiones como las del profesional que extendería el certificado de defunción, que la ley de trasplantes 24.193 permite en las tres primeras proceder a la extracción, cumpliéndose los demás recaudos.
La cuarta modalidad (que el médico español desplegó en tercer lugar, pero por sus características preferí exponer al final) sólo podría aplicarse aquí parcialmente. Y con la debida cautela, admitiendo que por su complejidad bioética puedan existir opiniones discordantes.
Sería viable en el caso de pacientes que tengan abolida durante cierto tiempo la función respiratoria, en coma por una causa conocida que confirme la irreversibilidad del cuadro, si han solicitado expresamente la limitación del sostén artificial y fueran donantes.
Normativamente, debe articularse con el consentimiento informado exigido por el artículo 59, o las directivas anticipadas del artículo 60, ambos del Código Civil y Comercial vigente.
Con la desconexión del respirador, en minutos sobrevendrá la parada cardiaca. Tras un breve lapso (como mínimo los minutos exigidos por la reglamentación actual de la prueba de apnea) se procedería a la ablación conforme este Protocolo de asistolia.
Según explicó detalladamente Nuñez, se deberán implementar procedimientos para asegurar la celeridad en la extracción: la forma de participación familiar –si fuera su voluntad-, el traslado del cuerpo desde el lugar de la muerte hacia el quirófano, entre otras.
Pero el criterio de muerte, obviamente, no varía: el paciente morirá por el consiguiente cese del latido cardiaco, atribuible a aquella noxa o enfermedad, no porque se limita la respiración artificial.
En los denominados estados vegetativos persistentes, en los que el paciente respira espontáneamente, aunque fuera conocida la causa del coma, la ley vigente impide aplicar el Protocolo en tanto exige textualmente la apnea.
Acaso el problema mayor para la vigencia de las ablaciones en asistolia radique en lo cultural, los temores que siguen generando estas cuestiones y la necesidad de mayor educación e información.
(*) Abogado, vicepresidente de la Asociación Argentina de Bioética Jurídica
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