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Monotributo, con subas de 75%; sin cambios autónomos

Por Redacción

El máximo de facturación aceptado para ser considerado monotributista pasará de $ 400.000 a $ 700.000 para quienes prestan servicios, y de $ 600.000 a $ 1.050.000 para las ventas de bienes muebles. Las cuotas aumentarán la mínima de $ 39 a $ 68, y la máxima de $ 2.700 a $ 4.725, en todos los casos con un incremento de 75% respecto de los valores actuales.

Los cambios están incluidos en el proyecto de Ganancias que hoy será ley. Para los autónomos, que permanecen con importes no actualizados desde hace varios años, no hay modificaciones.

Volviendo al monotributo, se cambiaron los valores máximos de facturación por escala, y se establecieron de la A a la K, cuando hasta ahora era de la B a la L.

Así, para la primera categoría, A (ex B), la facturación máxima se fijó en $ 84.000 anuales de los actuales $ 44.000, que pagará una cuota de $ 68 al mes.

Para ser de la segunda categoría, B (ex C), no se podrá tener ingresos brutos mayores a $ 126.000, cuando en la actualidad están en $ 72.000, y la cuota pasará de $ 75 a $ 131.

La tercera categoría, la C (ex D), que antes tenía un tope de facturación de $ 90.000, ahora será de $ 168.000, y la cuota de $ 224, en lugar de $ 128.

En el caso de la cuarta categoría, D (ex E), lo máximo que se podrá tener de ingresos brutos son $ 252.000, en vez de $ 144.000; y lo que se abona mensualmente pasará de $ 210 a $ 368.

El monotributista de la quinta categoría, E (ex F), no deberá superar los $ 336.000, actualmente en $ 192.000, y pagará $ 700 en lugar de $ 400.

Para el caso de la sexta categoría, F (ex G), el tope se fija en $ 420.000, hasta el momento en $ 240.000; y el pago mensual aumenta de $ 550 a $ 963.

La séptima categoría, G (ex H), pasará a tener un máximo de ingresos brutos de $ 504.000, de los actuales $ 288.000; y una cuota de $ 1.225, en lugar de $ 700.

La facturación máxima de la octava categoría, H (ex I), la última para prestación de servicios, pasará de $ 400.000 a $ 700.000, y la cuota de $ 1.600 a $ 2.800.

Quedan tres categorías más para el caso de las ventas de bienes muebles, cuyos topes pasarán en la I (ex J), de $ 470.000 a $ 822.000, y la cuota, de $ 2.000 a $ 3.500. En la J (ex K), el máximo de ingresos brutos permitidos pasará de $ 540.000 a $ 945.000, con un pago mensual que aumentará de $ 2.350 a $ 4.113. La categoría K (ex L) tendrá un tope de $ 1.050.000, en lugar de $ 600.000; y una cuota de $ 4.725 en vez de $ 2.700.

En todos los casos hay que sumarles $ 157 de aportes al Sistema Previsional Argentino (SIPA), y $ 419 a la obra social, si corresponde.

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