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Ocho claves que marcan la diferencia con las medidas anteriores

7 de Marzo de 2017 | 02:38
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El presidente Donald Trump firmó un nuevo veto migratorio después de que su primer intento fuera bloqueado por la Justicia, tras una primera aplicación caótica. Entre el decreto firmado el pasado 27 de enero y el rubricado ayer hay diferencias sustanciales que buscan reducir el caos que generó la aplicación del primero, aplacar al gobierno iraquí, aliado en la lucha contra el grupo yihadista Estado Islámico (ISIS), y aclarar algunos puntos.

1.- El mayor cambio se refiere a Irak, cuyos ciudadanos vieron cómo se les prohibía la entrada a EE UU el 27 de enero con el anterior decreto. Trump decidió ahora permitir la entrada a los iraquíes porque su Gobierno se ha comprometido a colaborar en la investigación de sus connacionales en caso de que sean sospechosos de terrorismo.

2.- De esta forma, el nuevo decreto frena la emisión de visas durante 90 días a los ciudadanos de seis países de mayoría musulmana: Irán, Somalia, Yemen, Libia, Siria y Sudán, los mismos menos el ya mencionado Irak.

3.- El decreto firmado firmado ayer asegura que decenas de miles de personas que tienen la residencia definitiva en EE UU y son originarios de los países que aparecen en la lista, no se verán afectados.

4.- Pueden entrar a EE UU los ciudadanos de esos seis países que tuvieran una visa válida antes de las 17 hora local (19 hora de Argentina) del 27 de enero, la fecha en la que se emitió el primer decreto sobre inmigrantes y refugiados.

5.- La primera versión tenía una fecha de aplicación inmediata, lo que causó una enorme confusión en los aeropuertos. Para evitar eso, esta nueva orden prevé un retraso en su aplicación. Entrará en vigor recién el 16 de marzo.

6.- El decreto inicial establecía la suspensión de la admisión por 120 días para los refugiados, con excepción de los sirios, para quienes la prohibición era indefinida. Ahora, el nuevo veto equipara a los refugiados sirios al resto.

7.- En la nueva orden se elimina cualquier referencia a los cristianos. El primer decreto indicaba que los cristianos sirios podían entrar a EE UU (en caso de persecución religiosa), y prohibía la entrada al resto de refugiados provenientes de Siria y con otras creencias de fe.

8.- Durante 60 días, el Departamento de Estado, el de Seguridad Interior y las agencias de inteligencia podrán hacer recomendaciones sobre eventuales restricciones migratorias a imponer en el futuro.

 

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