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Se lo solicitó el fiscal Gerardo Pollicita al juez Claudio Bonadio y también incluye al ex canciller Héctor Timerman y otros referentes del kirchnerismo
El fiscal federal Gerardo Pollicita requirió hoy que la ex presidenta Cristina Kirchner sea llamada a declaración indagatoria y que se disponga la inhibición de sus bienes, el retiro del pasaporte y la prohibición para salir del país, por el supuesto encubrimiento a Irán en la causa del atentado terrorista a la AMIA.
Fuentes judiciales informaron que la solicitud del titular de la Fiscalía Federal Nº11 fue hecha al juez federal Claudio Bonadio, en el marco de la causa iniciada por la denuncia del fiscal antiterrorista Alberto Nisman, el 14 de enero de 2015, días antes de morir de un tiro en la cabeza, en circunstancias aún no aclaradas.
El dictamen de Pollicita alcanzó también, con el mismo complemento de inhibición de bienes, retiro de pasaportes y prohibición de viajar al exterior, al ex canciller Héctor Timerman, su ex vice Eduardo Zuain, su ex directora legal Susana Cerutti, y los ex consejeros Luciano Tanto Clement y Holger Martinsen.
También figuran en la lista de imputados del requerimiento de la Fiscalía, de 255 páginas, la ex Procuradora del Tesoro Angelina Abbona, el ex jefe de Gabinete del ministerio de Justicia, Juan Martín Mena, y el diputado nacional y referente de La Cámpora, Andrés "Cuervo" Larroque. Además, al dictamen lo completan el ex piquetero y ex subsecretario de Tierras y Hábitat Luis D'Elía, el ex jefe de Quebracho Fernando Esteche, el ex fiscal y ex juez Héctor Yrimia, el intermediario argentino con Irán, Jorge "Yussuf" Khalil, y el presunto espía Allan Ramón Bogado.
Para Pollicita, todos ellos "habrían realizado aportes para ayudar a los acusados de un delito de lesa humanidad especialmente grave (el atentado terrorista contra la AMIA) a eludir la investigación que se está llevando adelante ante el Juzgado Nº6 del fuero y la Unidad Fiscal AMIA".
"Los aquí imputados habrían desarrollado un plan criminal con entidad suficiente para que los ciudadanos iraníes identificados como responsables de la voladura de la AMIA pudieran sustraerse de la acción de la Justicia", agregó el fiscal. Y resaltó que ello se concretaría "mediante el otorgamiento a Interpol de herramientas suficientes para que las notificaciones de índice rojo que pesaban respecto de los ciudadanos iraníes perdieran virtualidad y para liberarlos de toda responsabilidad penal por dichos hechos".
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"El medio escogido para canalizar esa voluntad ilegítima fue la suscripción del Memorando de Entendimiento celebrado entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República Islámica de Irán sobre temas vinculados al ataque terrorista a la sede de la AMIA en Buenos Aires, rubricado el 27 de enero del año 2013 en Etiopía", puntualizó.
El funcionario judicial consideró que el Memorando "respondía a los intereses de las autoridades iraníes y resultaba funcional al plan criminal mediante dos pilares fundamentales". Primero, añadió, porque aquel entendimiento "se encargaría de brindar el instrumento adecuado" para que las alertas rojas que alcanzaban "a cinco de los ochos acusados iraníes" acusados fuesen "removidas, suspendidas o morigeradas" y carecerían "de razón de ser".
"En segundo término, el acuerdo disponía la creación de la denominada Comisión de la Verdad, la cual estaba llamada a cumplir un rol central con miras a exculpar a los imputados de nacionalidad iraní, introduciendo para ello una hipótesis distinta a la sustentada por la Justicia argentina", añadió.
Según el fiscal, la nueva hipótesis propuesta tenía "la finalidad de redireccionar" la causa AMIA y la Comisión de la Verdad "fue facultada a emitir recomendaciones que significarían una afectación a la investigación llevada a cabo por el Poder Judicial y, en consecuencia, atentarían contra el sistema democrático y republicano de nuestro país".
"Lejos de procurar justicia, (el Memorando) estaba destinado a obstruirla e impedirla, siendo en realidad el medio escogido por los gobiernos involucrados para materializar el plan de encubrimiento que buscó brindar ayuda para dotar de impunidad a los acusados de nacionalidad iraní".
En cuanto a los presuntos delitos perpetrados, Pollicita sostuvo que "el encuadre legal prima facie aplicable es el de grave violación a los derechos humanos por tratarse de un encubrimiento por favorecimiento personal agravado por tratarse el hecho precedente de un delito de lesa humanidad y por la calidad de funcionarios públicos".
Y añadió que las conductas atribuidas a los imputados también "podrían tener encuadre típico bajo las figuras de impedimento o estorbo del acto funcional e incumplimiento de los deberes de funcionario público".
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