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Un juez federal de Salta autorizó por primera vez en Argentina el cultivo domiciliario de cannabis con fines medicinales, al hacer lugar al recurso de amparo presentado por la madre de un niño de seis años con un trastorno neurológico que le causa fuertes dolores, pero que reaccionó bien al tratamiento con aceites derivados de esa planta.
El fallo fue dictado por el juez federal Julio Leonardo Bavio y sienta jurisprudencia favorable al reclamo de las familias de pacientes y organizaciones cannábicas, al autorizar a la madre del niño a cultivar 12 plantas adultas y 40 plantines de distintas cepas de cannabis en su casa.
“La sentencia establece que, hasta tanto el Estado provea al nene del medicamento que necesita, su madre queda autorizada a cultivar distintas cepas de cannabis para producir el aceite de forma doméstica”, explicó a Télam Guido Giacosa, uno de los abogados de la mujer cuyo hijo padece neurofibromatosis (NF1).
El fallo -agregó- se asienta sobre una interpretación del derecho a la vida que implica “el disfrute de la más alta salud posible”.
También se basa en el artículo 19 de la Constitución Nacional, por el que “las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados”, y “nadie será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe”, fundamentó el letrado.
La familia había tomado contacto con los abogados durante la primera mitad del año pasado cuando, ante la falta de certezas en torno a la legislación argentina sobre el uso de marihuana medicinal, buscaron cubrirse legalmente y continuar el tratamiento del niño.
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“La mejora en su calidad de vida fue radical: debía tomar morfina y analgésicos muy potentes con efectos adversos sobre su salud, pero con el uso del aceite dejó de sufrir dolores agudos, empezó a tener amigos y comenzó a ir a la escuela, por lo que la familia no estaba dispuesta a suspender el tratamiento”, aseguró Giacosa.
En su caso particular, los malestares del niño no se solucionaban con el aceite importado de Estados Unidos (Charlotte’s Web), ya que precisaba de una variedad de cepas para no generar “un efecto de acostumbramiento”
“Sus padres habían probado con un aceite determinado, pero advirtieron que al tiempo dejaba de producirle efecto y que necesitaban ir rotando de variedad, por lo que se decidieron a presentar un amparo ante la justicia”, dijo el letrado.
Consultado sobre si este fallo podría derivar en sentencias similares en el resto del país, opinó que “la cautelar tiene un peso específico muy importante por su interpretación del derecho a la vida y es probable que otros jueces sentencien de idéntico modo, ya que los enfermos no pueden tener paciencia sobre este tema”.
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