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Se trata de los camaristas Bruglia y Bertuzzi y del magistrado Castelli, removidos ayer por el Senado
El Gobierno nacional dejó sin efecto hoy, a través de tres decretos, los traslados de los camaristas Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Germán Castelli que deberán regresar a sus juzgados originales, luego de que ayer se expidiera en ese sentido el Senado de la Nación, en medio de un fuerte cuestionamiento de la oposición.
Con las normas publicadas hoy en el Boletín Oficial, que llevan la firma del presidente Alberto Fernández, del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y de la ministra de Justicia, Marcela Losardo, el Poder Ejecutivo anula los decretos emitidos por el ex presidente Mauricio Macri en 2018, que establecieron el traspaso de Bruglia, Castelli y Bertuzzi.
El decreto 750/2020, que deja sin efecto el N°278/2018, establece que el traslado de Bruglia del "Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°4 de la Capital Federal a la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Sala I, no había completado el procedimiento previsto en el artículo 99 inciso 4 de la Constitución Nacional ni se ajustaba a los parámetros estatuidos por la Corte Suprema en las Acordadas Nros. 4/18 y 7/18".
"Más allá de la terminología empleada, en el citado decreto se configuró en realidad un nuevo nombramiento, en un nuevo cargo, que no coincide en la totalidad de las condiciones en razón de la jurisdicción, grado y materia respecto de aquél para el cual había sido originariamente designado, y por ese motivo, debía completarse el procedimiento complejo previsto constitucionalmente", dice la norma.
También recuerda que la Constitución establece "un único mecanismo para el nombramiento de los jueces federales" en base a "una propuesta vinculante en terna del Consejo de la Magistratura, con acuerdo del Senado, en sesión pública”.
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De la misma forma, el decreto 751/2020 deja sin efecto el N° 902/18 que dispuso el traslado del Juez de Cámara Germán Andrés Castelli del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°3 de San Martín, en la provincia de Buenos Aires, al Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°7 de la Capital Federal.
En los considerandos también menciona que el traslado tampoco había completado el procedimiento previsto en el artículo 99 inciso 4 de la Constitución Nacional ni se ajustaba a los parámetros de la Corte, al tiempo que no pasó por el Senado.
Finalmente, el decreto 752/2020 deja sin efecto los números 438/10 y 835/18 que dispusieron los traslados del Juez de Cámara, Pablo Daniel Bertuzzi, del Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de La Plata, al Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°4 de la Capital Federal, y de éste último a la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal, Sala I, por lo expresado en los casos anteriores.
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