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Las medidas contra Alperovich fueron planteadas ayer por Santiago Vismarra, quien está a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°10, y por Mariela Labozzetta, al frente de la UFEM
La Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°10 de la Capital Federal y la Unidad Fiscal Especializada de Violencia contra las Mujeres (UFEM) ampliaron la acusación contra el exdiputado nacional y exgobernador de Tucumán, José Alperovich, y reiteraron el pedido de indagatoria en la causa que lo tiene como imputado por el abuso sexual a su sobrina segunda y excolaboradora
Las medidas contra Alperovich fueron planteadas ayer por Santiago Vismarra, quien está a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°10, y por Mariela Labozzetta, al frente de la UFEM.
La denuncia contra el exfuncionario fue presentada en 2019 por su sobrina segunda y excolaboradora política por hechos de abuso sexual ocurridos durante 2017.
En ese entonces, la causa se tramitó en dos jurisdicciones distintas: en el fuero criminal y correccional de la Ciudad de Buenos Aires y en la Justicia tucumana.
Pero tras una resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de mayo pasado, el expediente pasó todo a la Ciudad, de acuerdo con lo planteado en su dictamen por el Procurador General interino, Eduardo Casal.
Vismara y Labozzetta en base a los elementos y pruebas recolectadas, ampliaron la acusación contra el imputado y requirieron que se lo llame a indagatoria por otros seis hechos que tuvieron lugar durante 2018 en Tucumán.
Además, mediante un escrito recordaron que ya habían solicitado la indagatoria de Alperovich en diciembre del 2020, por dos episodios de abuso sexual ocurridos en diciembre de 2017.
Ambos fiscales consideraron que "lo expresado por la denunciante fue avalado por los informes y los peritajes psicológicos realizados en la causa, así como también por la Junta Médica realizada y las declaraciones que dieron distintas profesionales que tuvieron contacto con la joven".
Resaltaron, además, "que varias personas declararon sobre el contexto en el que sucedieron los hechos y la forma en la que el imputado se manejaba con la víctima inclusive en el ámbito público".
“En su gran mayoría, los casos de abuso sexual como el presente se cometen en un ámbito de intimidad en donde no siempre es posible contar con testigos presenciales de lo ocurrido; por ello, las mujeres víctimas de esta clase de agresiones y abusos enfrentan grandes dificultades al momento de denunciarlos, todo lo cual ha llevado al trazado de políticas públicas que, desde el servicio de justicia, se vienen desarrollando hace algunos años, a fin de garantizarles una asistencia eficaz y oportuna”, señalaron los representantes del Ministerio Público Fiscal.
“Está claro que las constancias obrantes en la causa, particularmente el informe pericial psicológico, las constancias médicas, las declaraciones testimoniales mencionadas, y las constancias de las comunicaciones mantenidas entre víctima y victimario, proporcionan fuerza probatoria a los dichos de la damnificada", argumentaron, tras lo cual consideraron que los elementos que corroboran el relato de la joven "son diversos y sólidos”.
Vismara y Labozzetta indicaron que en este tipo de casos debe aplicarse la amplitud probatoria y que se deben considerar “las presunciones que contribuyan a la demostración de los hechos, siempre que estos sean indicios graves, precisos y concordantes", de acuerdo a la ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
Además, explicaron que "la relación de asimetría en este caso estaba marcada por el lazo laboral que unía a víctima y victimario, además de la posición de poder que ostentaba Alperovich, a nivel provincial y nacional e hicieron foco en los factores adicionales como la relación familiar; la diferencia de edad y la situación de dependencia laboral de la joven".
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