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Se define si el esposo de Piparo continúa detenido o le otorgan el beneficio de la domiciliaria

En horas, la jueza Marcela Garmendia definirá el tema. La defensa insiste en que no hay riesgos procesales para acceder a la medida
Ignacio Buzali y su esposa, la legisladora Carolina Piparo / EL DIA

Por Redacción

La defensa de Juan Ignacio Buzali, el marido de la diputada provincial Carolina Piparo, acusado de intentar matar a dos motociclistas a los que atropelló el 1º de enero último en La Plata al confundirlos con delincuentes, reiteró ayer el pedido para que le otorguen el arresto domiciliario, informó una fuente judicial.

El planteo quedó plasmado durante una audiencia oral que se realizó en forma virtual y que fuera convocada por la jueza de Garantías Marcela Garmendia, previo a resolver si acepta el pedido de prisión preventiva que elevó la fiscal de la causa, María Eugenia Di Lorenzo.

Marcelo Peña, abogado defensor de Buzali, explicó que en la audiencia “se plantearon una serie de inconsistencias en las pruebas que hay en la causa y que demuestran que no se trató de un intento de homicidio”.

El letrado dijo que también se insistió en que se le otorgue la prisión domiciliaria, “porque los informes psicológicos, psiquiátricos y socio ambiental demuestran que no hay riesgo procesal para que Buzali obtenga ese beneficio”.

En tanto, Martín de Vargas, abogado de uno de los jóvenes atropellado ratificó que Buzali debe continuar detenido y dijo que “ni siquiera está claro cuál es su domicilio, lo que demuestra la falta de arraigo que exige ese beneficio”.

En ese sentido, fustigó un supuesto contrato de alquiler del imputado y su esposa en el country Grand Bell de City Bell. “Apareció entre gallos y medianoche”, agregó.

La fuente explicó que de acuerdo a lo que se insinuó en la audiencia, la jueza Garmendia resolvería en horas el pedido que elevó la fiscal.

Di Lorenzo solicitó el lunes pasado la conversión de la detención de Buzali (47) en prisión preventiva y le imputó el delito de “homicidio en grado de tentativa”.

A criterio de la fiscal, el dolo directo de la figura “homicidio en grado de tentativa” se configura con el conocimiento de la conducta de Buzali de causar la muerte de las víctimas.

FUNDAMENTOS DE LA FISCAL

De acuerdo con el documento, Di Lorenzo sostuvo que “no puede dejar de advertirse, no solo de los testigos oculares del hecho, sino también de la prueba pericial la clara intención del sujeto activo de causar la muerte a las víctimas”.

“Esto queda comprobado con todo el accionar del imputado realizado antes, durante y después de cometido el delito que se le enrostra”, afirmó la fiscal.

También señaló que Buzali “toma la decisión indiscutible de perseguir a gran velocidad con su vehículo a las víctimas que se desplazaban en franca desprotección en moto y, cuando los tuvo a su alcance, lejos de desistir en su accionar y pudiendo realizar otra maniobra, los embistió de frente con el claro fin de ocasionarles la muerte a las víctimas”.

En la calle 21 y 40, Buzali chocó por detrás a una de las motos en la que viajaban dos jóvenes a los que dejó tirados en el piso.

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