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La Suprema Corte de Justicia bonaerense dispuso ayer que los titulares de los órganos judiciales y demás dependencias de la Administración de Justicia asignen prioridad al uso de los mecanismos a su alcance para que las audiencias se realicen de modo total o parcialmente remoto.
A partir de una resolución, se estableció que se proveerá lo necesario para evitar conductas que dilaten el desarrollo del proceso, tendiendo a la celeridad y economía procesal.
En los procesos que tramitan ante los fueros Civil y Comercial, Laboral, Contencioso Administrativo, de Familia y Paz, el órgano judicial deberá ponderar la necesidad de que las convocatorias a las audiencias sean formuladas bajo apercibimiento de celebrarse con cualquiera de las partes que concurran. En tanto, los órganos del fuero Penal extremarán los recaudos a fin de llevar a cabo la celebración de las audiencias remotas.
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