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Economía Dominical |NUEVAS NORMATIVAS

Tratarán en el Congreso cambios en impuestos

27 de Junio de 2021 | 06:02
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La semana que viene, junto al nuevo proyecto del Monotributo, se tratará en la Cámara de Diputados de la Nación un proyecto que propone desgravar en Ganancias algunos rendimientos financieros en pesos con cláusulas de ajuste a cambio de modificar el tratamiento de esos activos en el Impuesto sobre los Bienes Personales.

La condición para que los plazos fijos y otras formas de depósitos permanezcan exentos en Bienes Personales es que se mantengan depositados por lo menos por 274 días en el año calendario, o de no cumplirse ese plazo, deberían estar en el banco desde el 1 de diciembre hasta el 31 de mayo del año siguiente, según la propuesta.

CAMBIOS EN GANANCIAS

En Ganancias, el proyecto apunta a evitar que las inversiones en pesos, que hacen las personas humanas, no discriminen según el instrumento financiero que se utilice, proponiendo desgravar los rendimientos que dan los depósitos en pesos con cláusulas de ajuste que actualmente quedan alcanzados por renta financiera.

Puntualmente, la iniciativa exime a los intereses obtenidos por depósitos en pesos, con cláusulas de ajuste, realizados en instituciones financieras; los rendimientos e intereses producidos por colocaciones de capital de instrumentos en moneda nacional que emita el gobierno destinados a fomentar la inversión productiva.

CAMBIOS EN BIENES PERSONALES

La iniciativa propone gravar en el Impuesto sobre los Bienes Personales, a partir del 2021, determinadas inversiones que se encuentran exentas.

Esas inversiones para que no queden gravadas, tendrían que permanecer en el patrimonio de la persona por lo menos durante 274 días del año calendario, en forma continua o discontinua, o mantenerse desde el 1 de diciembre hasta fines del mes de mayo del año siguiente, según Iprofesional.

Si no se cumple la condición antes mencionada, de aprobarse el proyecto, estarán alcanzadas por Bienes Personales las inversiones que se tienen al 31 de diciembre de cada año, con algunas excepciones correspondientes a las personas humanas y las sucesiones indivisas, que deben mantenerse, para no pagar el impuesto, por ese período fiscal.

 

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