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El juez federal Luis Rodríguez sobreseyó hoy al periodista Daniel Santoro en la causa en la que se investiga el intento de extorsión al empresario aduanero Gabriel Traficante, tras considerar que no se pudo probar que haya actuado en acuerdo con el falso abogado Marcelo D´Alessio ni que haya incurrido en una conducta dolosa.
“La conducta recriminada a Santoro, bajo la lupa del tipo penal de extorsión sobre el cual se le enrostra su aporte delictivo, tiene una configuración dolosa y los elementos recolectados no han permitido arrojar mayor luz sobre este aspecto, ni tonificar el grado de probabilidad en torno al posible conocimiento y voluntad de Santoro en participar del intento de extorsión perpetrado por D´Alessio”, sostuvo el magistrado en su resolución.
El fallo firmado por el juez Rodríguez, al que tuvo acceso Télam, desvincula a Santoro del caso por el cual el falso abogado D´Alessio está siendo juzgado en juicio oral y público junto con otros imputados, como los exagentes de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), Rolando Barreiro y Claudio Álvarez y el suspendido fiscal de Mercedes Juan Ignacio Bidone.
A pesar de librarlo de eventuales responsabilidades penales, el magistrado se refirió a los artículos publicados por Santoro en el diario Clarín y a cómo algunas inexactitudes difundidas pudieron haber jugado en favor de los planes extorsivos de D´Alessio.
“La conducta de Santoro podría alejarse de la conformación de una actividad dolosa y ubicarse dentro del ámbito de la imprudencia, es decir, fruto de una grave impericia de éste en el manejo de la información”, sostuvo el magistrado.
En esta parte de la investigación se intentaba determinar si el periodista Santoro le había dado soporte –a través de publicaciones periodísticas- al intento de extorsión de D´Alessio contra Traficante, empresario al que se le quiso sacar dinero a cambio de evitarle mayores problemas en la denominada causa de los contenedores.
En los días en los que Traficante sufrió la extorsión de D´Alessio, Santoro publicó que la justicia en lo penal económico investigaba si ese empresario era “el jefe de la banda de contrabandistas de contenedores" que integraban Claudio ´Mono´ Minnicelli y Oldemar ´Cuqui´ Barreiro Laborda.
Si bien esa información aparece desmentida en el propio expediente, en la declaración testimonial del juez de la causa de los contendores, Marcelo Aguinsky; el juez Rodríguez enfatizó en que no puede atribuirse ese equívoco a un deliberado plan criminal.
“Surge incertidumbre acerca de si dicho proceder se ha debido a una conducta dolosa, es decir, perpetrada con conocimiento y voluntad de su delictuosidad, o bien, por el devenir de un actuar imprudente, aunque de notoria gravedad”, remarcó Rodríguez.
En ese sentido, el juez señaló que no se halló prueba directa que permita “afirmar con un alto grado de probabilidad su conocimiento de participación en la extorsión del caso” por lo que lo que se inclinó por “la existencia de una seria impericia atribuible a Santoro, es decir por una conducta que no encuentra adecuación en una figura legal aplicable, dado que la participación imprudente en un hecho de extorsión no se encuentra reprimida en nuestra legislación penal sustantiva”.
El juez Rodríguez había procesado antes a Santoro como partícipe necesario de las maniobras investigadas pero ese fallo fue revocado en junio pasado por la Cámara Federal porteña que le dictó la falta de mérito y ordenó seguir investigando.
En aquel fallo, los jueces Roberto Boico y Eduardo Farah habían compartido que existían elementos para sospechar de la supuesta comisión de un delito, pero que aún no se había podido demostrar la existencia de un acuerdo entre Santoro y D´Alessio que coloque al periodista en un rol delictivo.
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