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Las únicas recetas que ya no tendrán validez para solicitar medicamentos en las farmacias son aquellas confeccionadas en papel y enviadas “como foto” a través de mail o WhatsApp, mientras que las prescripciones digitales o electrónicas “no son afectadas” por la reciente medida del Ministerio de Salud de la Nación, afirmaron ayer especialistas farmacéuticos.
De todos modos, en acuerdo con asociaciones farmacéuticas, el Consejo de Obras y Servicios Sociales Provinciales de la República Argentina y la Superintendencia de Salud, se definió que a aquellos pacientes con enfermedades crónicas, que venían utilizando esta modalidad se les aceptará la foto de la receta en las farmacias hasta el próximo 28 de febrero, para facilitar el proceso de transición.
La resolución Nº 3622/2022 que entró en vigencia el último lunes, con su publicación en el Boletín Oficial, derogó la resolución Nº 696/20 del 31 de marzo de 2020 que habilitaba, en el marco de la pandemia de coronavirus, la presentación en la farmacia de prescripciones confeccionadas en papel por profesionales médicos y enviadas como foto o escaneadas “a través de aplicaciones de mensajería vía web, mail o fax”, indicó el texto.
“A partir de hoy -por ayer- toda receta (manuscrita) tiene que llegar en forma física a la farmacia” y ya no se aceptarán “recetas en fotos”, que ya en los últimos meses “muchas obras sociales no las venían aceptando”, dijo el presidente de la Confederación Farmacéutica Argentina, Ricardo Pesenti.
De esta manera, tal como era antes de la pandemia, sólo serán válidas las recetas en papel con firma holográfica del personal médico o las recetas electrónicas o digitales para aquellos prestadores que disponen de estos sistemas.
Respecto a las confusiones que sucedieron al anuncio de la medida, Pesenti enfatizó en la importancia de “aclarar que la foto o escaneado de una receta no es lo mismo que una receta electrónica o una digital, que sí siguen vigentes”.
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Y detalló: “Este es el caso del PAMI, IOMA, la obra social de Jujuy y algunas prepagas. Hay varias plataformas de recetas electrónicas que están disponibles y los médicos y las farmacias podemos usar”.
En ese sentido, tal como esclareció ayer el Ministerio de Salud a través de un mensaje en su cuenta de Twitter, la nueva disposición “no afecta a las recetas electrónicas y/o digitales con firma electrónica y/o digital”, contempladas en la Ley 27.553, sancionada en agosto de 2020.
La receta electrónica es aquella que el médico emite con una firma electrónica a través de un sistema, un software oficial, al que ingresa con un usuario y contraseña personal.
La farmacia recibe la receta electrónica por sistema y, para retirar el medicamento, el o la paciente o un familiar deberá presentarse únicamente con la credencial y, en algunos casos, el DNI en la farmacia.
En cambio, lo que ya no será posible es presentar en la farmacia una fotografía o un escaneo de la receta física “de puño y letra sellada por un médico”.
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