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El juez federal Esmoris dispuso su excarcelación porque su causa ya lleva cuatro años y la fecha del juicio oral fue suspendida
            medina, al ser liberado tras un incidente en febrero pasado/archivo
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal número 2 de La Plata ordenó esta tarde liberar al exgremialista Juan Pablo “Pata” Medina, pero la medida no se efectivizará hasta que quede firme, ya que se estima que será apelada por la fiscalía.
Medina había solicitado días atrás su excarcelación debido a que lleva 4 años detenido, actualmente cumple prisión domiciliaria y continúa a la espera del juicio oral suspendido el pasado 3 de marzo.
Ayer, el tribunal en lo Criminal Federal Nº2 de La Plata resolvió otorgar la libertad de Juan Pablo Medina “la cual no se hará efectiva hasta que el presente auto adquiera firmeza, atento la oposición manifestada por la fiscal general”.
En la resolución se afirma que “en atención al tiempo que en prisión preventiva ha cumplido Juan Pablo Medina y a las razones desarrolladas hasta el presente, deviene necesario hacer cesar dicha medida atento que ha menguado su necesariedad procesal y, por ende, se torna falto de razonabilidad su prolongación”.
Se valoró que no existe posibilidad de que el detenido dilate el proceso que ya tiene más de 70 cuerpos, ni incurra en accionar obstructivo.
En el marco de esa libertad, de concretarse, se impone a Medina la obligación de fijar residencia; no ausentarse del domicilio fijado por más de veinticuatro horas, sin autorización del tribunal; presentarse mensualmente en la comisaría más cercana con jurisdicción en su domicilio, la prohibición de tomar contacto, por cualquier medio, con las víctimas y/o acercarse a sus domicilios laborales o particulares y la prohibición de salir del país.
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Además, le prohíbe “desplegar cualquier actividad gremial en la Uocra, Seccional La Plata u otras seccionales” y tampoco podrá “concurrir a los locales gremiales de la Uocra”.
El abogado defensor del “Pata” Medina, César Albarracín, expresó en declaraciones a Télam que “la medida es razonable y adecuada. Es importante porque empieza a subsanar las consecuencias gravísimas de las que fue victima Juan Pablo Medina”.
“Ahora hay q esperar los tramites que tienen que ver con la decisión de la fiscalía de impugnar o no, pero hay una cuestión que deberá tener en cuenta la fiscal y que es lo más importante como el hecho de plantear una impugnación y no expedirse rápidamente sobre esta resolución y consintiéndola implicaría mantener una detención generada del modo en que se llevó adelante, con lo cual estarían potenciando los efectos del delito del que fue victima Medina y que a prima facie está acreditado”, apuntó.
Albarracín se refirió así a la reunión grabada con una cámara oculta en la sede porteña de Banco Provincia donde funcionarios bonaerenses, agentes de la AFI y empresarios supuestamente hablaban sobre reunir evidencias para detenerlo.
El Tribunal Oral Criminal Federal (TOF) 2 de La Plata tramita la causa abierta en 2017 que determinó el procesamiento y la detención del exsindicalista de la Uocra de La Plata por “asociación ilícita, extorsión y lavado de dinero”.
El motivo de la suspensión del juicio que debía comenzar el 3 de marzo es la causa penal que tramita en paralelo por la llamada mesa judicial bonaerense, una reunión de junio de 2017 entre funcionarios del entonces Gobierno bonaerense de María Eugenia Vidal y de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) de Mauricio Macri en la que hablaron de iniciarle expedientes judiciales a Medina.
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