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Política y Economía |Tras una apelación del Gobierno

Reforma laboral: la Corte revisará el mega DNU

Hasta que el máximo tribunal defina el tema, la reforma seguirá suspendida ya que el fallo dispuesto ayer por la Cámara Nacional de Apelaciones tiene “efecto devolutivo”

Reforma laboral: la Corte revisará el mega DNU

Los jueces del tribunal superior abordarán este tema en febrero/WEB

19 de Enero de 2024 | 02:02
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La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo le concedió el recurso extraordinario al Gobierno, para que la Corte Suprema de Justicia revise la demanda iniciada por la CGT en contra del capítulo laboral del DNU presidencial que desreguló la economía. Y lo hizo con efecto devolutivo, lo que significa que mientras el Alto Tribunal define, la reforma sigue suspendida.

La respuesta es a un recurso extraordinario que interpuso la Procuración del Tesoro contra la cautelar que frenó la reforma laboral.

De este modo, será el máximo tribunal de Justicia encabezado por Horacio Rosatti el encargado de definir la cuestión del capítulo referido al trabajo, en el marco del DNU de desregulación de la economía enviado por el Presidente al Congreso hace un mes.

La CGT considera que el DNU 70/2023 viola el principio de división de poderes y establece una reforma laboral con modificaciones “peyorativas y permanentes” en los derechos de los trabajadores y sus organizaciones sindicales, garantizados por los tratados internacionales y la propia Constitución Nacional.

Los jueces Carlos Posse y Alejandro Sudera consideran que el tema es de “gravedad institucional” y amerita la intervención de la Corte Suprema de Justicia. Sudera fue quien encabezó el voto de la primera cautear que frenó las reformas laborales.

“Existen razones de gravedad institucional que legitiman la intervención del Superior, por encontrarse afectado el funcionamiento de las instituciones jurídicas y la eficacia de un medio técnico que permite al Poder Ejecutivo emitir mandas de carácter legislativo que tienen eficacia inmediata salvo que sean dejadas sin efecto por el Congreso”, expresó la resolución de la Cámara.

En cuanto al efecto devolutivo que le dieron a la apelación, los jueces refieren a que la propia Corte ha calificado a los sujetos trabajadores como un sector “socialmente vulnerable y la entidad accionante”, esto es la CGT, “representa a un vasto sector de la clase activa y acciona en defensa de sus intereses”.

Además, hicieron hincapié en “preservar el principio de eficacia de la jurisdicción y permitir la solución de un conflicto que tiene gravedad institucional y que debe ser resuelto pretorianamente para salvaguardar el orden y la paz social”.

También porque “es necesario preservar el principio de división de poderes en que se apoya la Carta Magna evitando todo eventual abuso de poder”.

“El recurso debe ser concedido pues ha sido interpuesto en tiempo y forma, y existe cuestión federal por cuanto la validez y legitimidad de un decreto de necesidad y urgencia -es decir una figura aceptada por la Constitución Nacional- ha sido afectada, en su operatividad y eficacia, por una resolución judicial que suspende sus efectos”, dijeron los jueces Carlos Pose y Alejandro Sudera en el fallo

La Corte Suprema de Justicia ya avisó que durante la feria no analizarán el tema. Recién lo hará en febrero.

Previo a la resolución de la Corte, es probable que en febrero ya el procurador interino, Eduardo Casal, dictamine sobre la constitucionalidad o no del DNU, aunque el mismo no es vinculante con la decisión de la Corte.

El capítulo que objeta la principal representación sindical de los asalariados de la Argentina contempla, entre otras cosas, la ampliación del período de prueba hasta los ocho meses, la incorporación de los bloqueos o tomas de establecimientos como causa de despido y cambios en el sistema de indemnizaciones.

La jueza nacional del Trabajo Silvia Garzini habilitó la feria judicial y le había concedido 72 horas al Poder Ejecutivo Nacional para emitir su informe por la acción de amparo presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT) contra el capítulo laboral del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de desregulación económica del presidente Javier Milei.

Con las demandas en contra del DNU multiplicándose en los tribunales de todo el país, el Procurador del Tesoro, Rodolfo Barra, realizó una presentación para que el fuero contencioso se quedara con la causa promovida por la CGT y revocara la cautelar.

Pero el juez Enrique Lavié Pico no solo rechazó el pedido del Gobierno sino que además desactivó el proceso colectivo que acumulaba todas las demandas contra el DNU.

 

 

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