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La Asociación Trabajadores del Estado (ATE) Seccional Quilmes ha manifestado su absoluto rechazo al reciente fallo del Tribunal de Trabajo N° 3 de Quilmes. El gremio calificó la decisión judicial como "arbitraria, parcial y contraria a los principios constitucionales que garantizan la libertad sindical".
El comunicado de prensa emitido por el gremio detalla que la resolución, firmada por las magistradas del Tribunal, niega injustificadamente a ATE su derecho a participar en las negociaciones colectivas de los trabajadores municipales. Según la organización, esto constituye una grave violación a la Constitución Nacional (artículo 14 bis), la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y los Convenios 87, 98 y 151 de la OIT. También contradice la Ley 14.656 y su Decreto Reglamentario 784/16.
ATE considera que la sentencia carece de objetividad. El gremio asegura que el fallo ignora pruebas esenciales presentadas en el expediente, como la Resolución N° 144/1946, que otorgó a ATE la Personería Gremial Nro. 2. ATE señaló que la Municipalidad ni siquiera negó esta prueba en su contestación. La organización también argumentó que la sentencia desconoce la Ley 14.656 y su decreto reglamentario, así como resoluciones firmes del Ministerio de Trabajo de la provincia que, entre 2017 y 2018, reconocieron explícitamente su derecho a participar en la negociación colectiva en el ámbito municipal.
Para ATE, este fallo representa un “peligroso retroceso institucional y un ataque directo a la libertad sindical”. El gremio sostuvo que la decisión desconoce derechos colectivos ya reconocidos a entidades con personería gremial y afirmó que la sentencia "claramente responde a los intereses de la patronal municipal".
Ante lo que consideran una "gravedad institucional", ATE informó que sus equipos legales ya están preparando los recursos extraordinarios correspondientes. Ellos los presentarán ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires. La organización confía en que el máximo tribunal provincial revertirá este fallo, al que califican de "carente de sustento jurídico, inconstitucional y contrario a los principios de la libertad sindical".
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