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Política y Economía |LA INICIATIVA MANTIENE UN TINTE GRADUALISTA

Rentas financieras, telefonía y gaseosas, en el paquete de la reforma impositiva

Impulsa además rebajas escalonadas de distintos tributos, como la reducción del pago de Ganancias a las empresas

Rentas financieras, telefonía y gaseosas, en el paquete de la reforma impositiva
14 de Noviembre de 2017 | 02:41
Edición impresa

El proyecto de reforma tributaria que impulsa el Gobierno nacional quedó listo para ser enviado a la Mesa de Entradas de la Cámara baja y contempla la creación del impuesto a la renta financiera, la reducción del pago de Ganancias para las empresas que reinviertan sus utilidades y el incremento en un punto porcentual -del 4% al 5%- de la alícuota que grava a la telefonía celular, entre otras iniciativas.

En el proyecto, que consta de 12 capítulos y que suma un total de 220 páginas, se mantiene el deseo de las autoridades nacionales de que la reforma sea de carácter “gradual” y que en un plazo estimado en cinco años -para 2022- la presión tributaria caiga en un orden equivalente al 1,5% del PBI, de manera de alentar la inversión y la creación de empleo.

REBAJA DE GANANCIAS

Para eso establece que las empresas que reinviertan sus utilidades tendrán una rebaja de la alícuota del Impuesto a las Ganancias del 35% al 25%, y que de manera progresiva se pueda descargar lo que se abona en concepto del Impuesto al Cheque a cuenta de Ganancias.

Además, las empresas no pagarán aportes patronales hasta una remuneración bruta de $12.000 para el 2022, en una escala que comienza el año próximo, y que le devuelve el IVA de manera anticipado a aquellas compañías que hayan hecho una inversión y no hayan podido recuperar lo aportado por ese impuesto en seis meses.

En este marco, la iniciativa -en su artículo 115- hace referencia a la telefonía móvil y establece elevar del 4% al 5% la alícuota que grava “el importe facturado por la provisión de telefonía celular y satelital al usuario”.

GASEOSAS

En tanto, mantuvo la decisión de gravar con una alícuota del 17% a las gaseosas azucaradas, a pesar de las quejas de empresas como Coca Cola y de las provincias azucareras.

En lo que sí revirtió su posición inicial, como anunciara el jueves pasado el gobernador mendocino Alfredo Cornejo, fue en la implementación del impuesto interno al vino, la sidra y la cerveza.

“Están gravados por un impuesto interno del 17%, en tanto contengan azúcares libres añadidos, los siguientes productos: las bebidas no alcohólicas, gasificadas o no, incluso aquellas con cafeína y taurina sumplementadas o no, las elaboradas a base de soja con o sin el agregado de jugos frutales o a base de sales minerales vitaminizadas o no y las adicionadas con nutrientes esenciales o fortificadas”, precisa el texto del proyecto en uno de sus articulados.

En cambio, a aquellas bebidas que no contengan azúcares libres añadidos, se les aplicarán los siguientes tributos: 10% a las no alcohólicas con cafeína y taurina, suplementadas o no y 8% para las que tengan menos de 10° de alcohol en volumen.

BEBIDAS ALCOHOLICAS

Si bien los vinos, las sidras y las cervezas quedaron excluidos, el whisky tendrá que pagar una alícuota de 29%, como así también el coñac, brandy, ginebra, pisco, tequila, gin y vodka.

Para las otras bebidas alcohólicas habrá dos fases: las que tengan entre 10 y 29 grados de alcohol pagarán un 20% y las que superen los 30 grados, como el fernet, un 29%.

En el capítulo 86 referido al Impuesto al Valor Agregado (IVA), las modificaciones introducidas giran en torno a la inclusión como sujeto de tributación a servicios digitales, como Netflix o Mercado Libre, prestados por sujetos residentes o en el exterior siempre que son explotados en el país.

RENTA FINANCIERA

Otro aspecto novedoso es la implementación de un impuesto a la renta financiera de las personas, con una tasa del 5% a las ganancias mayores a $52.000 en plazos fijos, y del 15% en las colocaciones en dólares que estén bajo legislación argentina

En base a esto último, de la norma quedarían exceptuados los títulos públicos emitidos por el Estado nacional bajo legislación extranjera.

En cambio, el proyecto prevé gravar dentro de la renta financiera a las monedas digitales. Es decir que además de las acciones, títulos y bonos, entre otros, el Gobierno planteará aplicar un impuesto del 15% a la ganancia neta de las criptomonedas, de fuerte crecimiento en el último tiempo, como los bitcoins.

Por otra parte, el prouectop estipula que pasarán a pagar IVA servicios populares como Netflix y Spotfiy. La intención del Gobierno es gravar a aquellas firmas digitales con sede en el extranjero que incluyan “prestaciones tales como acceso o descarga de video, música, juegos u otros contenidos consumidos en el país”.

Asimismo, buscarán que la retención sea realizada “a través de los agentes pagadores involucrados”, al momento en que el usuario efectúa el pago mediante las tarjetas.

Se especificó la lista de los servicios digitales a los que considera como “cualquiera sea el dispositivo utilizado para su descarga, visualización o utilización, aquellos llevados a cabo a través de la red Internet o de cualquier adaptación o aplicación de los protocolos, plataformas o de la tecnología utilizada por Internet u otra red a través de la que se presten servicios equivalentes”.

Así en la lista aparecen además de las plataformas de streaming, libros, diarios, blogs y páginas de citas como Tinder o Happn.

 

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