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Opinión |EDITORIAL

Primeros análisis y balances del sistema de juzgamiento que apela al jurado popular

8 de Junio de 2017 | 02:20
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En estas últimas jornadas volvió a exponerse ante la consideración pública -por la ostensible repercusión que alcanzó un caso de homicidio ventilado en los tribunales del Poder Judicial bonaerense- el sistema de juicio por jurados cuya primera puesta en práctica en la Provincia es muy reciente, aun cuando existen experiencias aquilatadas en otros distritos de nuestro país, como ocurre en la provincia de Córdoba en donde se iniciaron hace doce años y cuentan ya con el dictado de unas quinientas sentencias.

Sin formular ningún tipo de consideración sobre el caso particular que estuvo en juzgamiento por parte de un jurado popular, correspondería, sin embargo, poner de relieve que el homicidio que dio origen a la causa tuvo lugar el 21 de agosto de 2015, de modo que en esta oportunidad se pudo alcanzar una mayor aceleración procesal que, sin embargo, según advierten los juristas, no formaría parte de las características salientes de este tipo de juicios.

Lo cierto es que, para la Justicia bonaerense, se sigue estando ante la aplicación de un sistema de juicio novedoso, que durante décadas suscitó profundos y prolongados debates doctrinarios acerca de sus eventuales ventajas o desventajas. Por lo pronto, al menos formalmente, el juicio por jurados supone de por si una alteración de la dinámica propia de los tribunales penales y, por cierto, una novedad trascendente para las responsabilidades cívicas.

Justamente anteayer, magistrados cordobeses calificaron al juicio por jurado como una experiencia positiva y perfectible, señalando que los ciudadanos elegidos como jurados asumen esa tarea con seriedad, madurez, independencia, imparcialidad y buen criterio, decidiendo a la hora del veredicto con prescindencia de cualquier especulación. Esas mismas fuentes desestimaron así la supuesta contundencia del dicho, según el cual “la gente común no está preparada” para actuar como jurado.

Quienes estos años se pronunciaron a favor de los juicios por jurados habían puesto de relieve, entre otros beneficios, en que el sistema contribuye a “transparentar la acción de la Justicia”. En cambio, los detractores del sistema pusieron el acento no sólo en la falta de conocimientos jurídicos por parte de los jurados, sino en una supuesta mayor posibilidad de que, en oportunidades, se vieran condicionados por la presión social que suele acompañar a los juicios penales.

Sea como sea, la propia dinámica tribunalicia permitirá comprobar si, efectivamente, el nuevo sistema sirve como un aporte a la recuperación de la credibilidad y la transparencia de la administración de justicia y si su instrumentación podrá traer otros tipos de beneficios o si, por el contrario, de su aplicación sistemática pudieran surgir desnaturalizaciones no deseadas.

Es por eso que en esta materia conviene actuar con absoluta seriedad y responsabilidad, sin descartar, tampoco, otras alternativas que puedan oxigenar la actividad de la Justicia.

Es de esperar, entonces, que estas primeras experiencias en los tribunales provinciales permita avanzar hacia conclusiones de fondo que sean positivas para la administración de Justicia y para la propia vida ciudadana, sobre cuya responsabilidad y grado de compromiso descansa, en buena medida, la mejor tradición de este sistema.

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