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Policiales |Idas y vueltas judiciales

A casi 18 años del crimen del repartidor, Alejo Alonso salió con condicional

Adrián Santana fue acribillado en 12 y 38, en una supuesta venganza. Al acusado lo condenaron primero a perpetua, pero anularon el fallo, y lo sentenciaron de nuevo a 14 años. En total, pasó poco más de 8 preso

A casi 18 años del crimen del repartidor, Alejo Alonso salió con condicional

alejo alonso, al ser absuelto hace 7 años por otra muerte/archivo

20 de Octubre de 2018 | 03:14
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Alejo Alonso (44), el hombre que fue condenado dos veces por el mismo crimen y entró y salió de la cárcel por la misma causa, recibió ayer la libertad condicional, confirmaron fuentes judiciales. El cómputo para acceder a esa morigeración no fue sencillo, por el intrincado camino que recorrió el expediente que se abrió tras el asesinato a tiros de Adrián Santana, en la noche del 23 de octubre de 2000.

Aquello pasó en la esquina de 12 y 38, cuando el joven circulaba en la moto en la que repartía pizzas de un local del barrio norte platense. En un primer momento se especuló con que pudo atropellarlo un auto que escapó, pero los vecinos contaban a quien quisiera oírlos que ellos habían escuchado varias explosiones, como disparos.

Los forenses les dieron la razón: Santana recibió seis balazos, cinco de los cuales ingresaron en la axila, en la espalda y en uno de los glúteos, y otro en el tórax. Este último fue el letal.

La justicia concluyó que el crimen fue motivado por un ajuste de cuentas a raíz de un incidente que tuvieron Alonso y Santana en el bar Almendra, de 8 y 57.

Lo que surgió de esa versión es que luego de una serie de agresiones mutuas, Santana golpeó a Alonso con un palo y éste prometió darle “el vuelto”. Contaron testigos que Alonso volvía al bar y mostraba un arma anunciando que buscaba a Santana. Familiares del repartidor declararon que trataba de salir poco porque tenía miedo de que aquella promesa fuera verdad. Pero lo emboscaron mientras trabajaba.

Alonso fue detenido en 2003 y en diciembre de 2007 el Tribunal Oral V (integrado por los jueces Horacio Nardo, María Isabel Martiarena y Carmen Arias) lo condenaron a la pena de prisión perpetua por entender que se trató de un homicidio agravado por alevosía, porque Santana recibió seis disparos mientras estaba “indefenso” manejando una moto y sin advertir el ataque, que provino desde un auto. Dieron por probado que el acusado estuvo en la esquina de 12 y 38 y que minutos después del hecho regresó al lugar, donde con unos guantes de látex habría sostenido la cabeza de Santana, a esa altura ya muerto.

Los abogados de Alonso apelaron el fallo por diversos vicios procesales, hasta que en 2009 la cuestión llegó a Casación. Los jueces Daniel Carral, Ricardo Borinsky y Carlos Angel Natiello entendieron, por unanimidad, que el Tribunal V no había sido imparcial por “prejuzgamiento”, ya que años antes había dictado la prisión preventiva del imputado.

En el mismo fallo ordenaron hacer otro juicio, con un nuevo Tribunal. Y la defensa exigió la liberación del imputado por entender que con la anulación del juicio volvía a quedar en la situación previa, es decir con prisión preventiva.

Argumentaron que como ya llevaba 7 años en esa condición correspondía que fuera liberado por exceder el tiempo de detención previsto legalmente (dos años prorrogables por dos más). Una semana después -en enero de 2010- la Sala III de Casación ordenó “otorgar la inmediata libertad” de Alonso.

El segundo juicio comenzó en abril de 2013 a cargo del Tribunal Oral III, que en julio de ese mismo año volvió a condenar a Alonso, pero esta vez a la pena de 14 años. Es que las juezas Florencia Butiérrez, Lidia Moro e Inés Siro argumentaron que no se logró acreditar que hubiera atacado a Santana a traición y sobre seguro (con alevosía). Sin esa calificante Alonso sorteó la perpetua y también la cárcel, ya que siguió en libertad hasta junio del año pasado, cuando la Corte Suprema de la Nación rechazó un recurso de queja presentado por la defensa contra un fallo de la Corte bonaerense que obligaba a Alonso a cumplir en un penal lo que le restaba de la condena: un año y 8 meses de prisión.

Es que estuvo detenido casi siete, entre 2003 y 2010, por lo que llevaba computados unos 12 años por aplicación de la polémica ley del dos por uno, hoy derogada, pero vigente al momento de perpetrarse el hecho.

En el medio, Casación volvió a beneficiarlo al reducirle cuatro meses la pena por una valoración distinta de los agravantes tomados n cuenta en el fallo condenatorio.

En definitiva, Alonso volvió a la cárcel el 27 de junio de 2017, cuando policías de la DDI lo detuvieron en su domicilio de 44 entre 10 y 11, destino obligado de varias marchas que se hicieron en los primeros años de la investigación para pedir justicia.

Ayer a la mañana hubo una nueva audiencia, en la que se le otorgó la libertad condicional. Y estaba previsto que anoche dejara la unidad penitenciaria, según informaron los nuevos abogados de la defensa, Alfredo Gascón y Miguel Molina, quienes también lo representan en otra causa complicada.

Es que Alonso fue imputado por la muerte de Gaspar Argentino Ayala (40) tras un incidente de tránsito, con golpes de puño incluidos, que ocurrió hace el 25 de diciembre de 1999, en City Bell.

En 2011 fue juzgado por aquel hecho, pero el Tribunal Oral I lo absolvió en fallo dividido, y, dos años después, el Tribunal de Casación anuló el veredicto. En otra resolución dividida, con votos de los jueces de Casación Federico Domínguez y Ricardo Borinsky, se resolvió hacer lugar al recurso presentado por la fiscalía, que en el juicio había pedido 15 años de prisión para el acusado.

Por mayoría se dispuso “anular el veredicto, con devolución de jurisdicción al tribunal” -que lo juzgó- “para que, a partir de la comprobada intervención del acusado en el hecho determinante de la muerte de Ayala, y debidamente integrado, renueve los actos necesarios para el dictado de un nuevo pronunciamiento”. El juicio está previsto para 2019. La defensa pide la prescripción.

 

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