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Avalaron el pedido de dos personas para que no se consigne el sexo en su documento

Tal como lo permite la ley de Identidad de Género, en ambos DNI no se detallará si los titulares son hombre o mujer

Avalaron el pedido de dos personas para que no se consigne el sexo en su documento
3 de Noviembre de 2018 | 02:07
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El Registro Civil de Mendoza avaló el pedido de dos personas que no se reconocen ni como mujer ni como hombre y aceptó que en ambos documentos nacionales de identidad no se especifique el género, según informaron ayer fuentes oficiales.

La decisión se tomó “a través de la resolución 420/2018 que hizo lugar a la solicitud de dos personas mendocinas que requirieron el reconocimiento legal de su identidad de género autopercibida y correspondiente rectificación registral”, precisaron fuentes del Registro Civil.

Los voceros de esa dependencia indicaron además que de esta forma “solicitaron en forma expresa que en su partida de nacimiento y DNI no se consigne sexo alguno”.

“En ambos casos, en el lugar donde se coloca el sexo en el DNI, no se especifica nada, y serían los primeros casos en Mendoza, en la Argentina y quizás del mundo”, comentó ayer la subdirectora de Derechos Humanos de la Suprema Corte, Eleonora Lamm.

En cuanto a la identidad, se indicó que “no se difundirán sus datos personales (Ley 25326 de Protección de Datos Personales).

“La Ley de Identidad de Género, aprobada en 2012, avala esta decisión”, informaron los voceros, quienes señalaron a su vez que el propio gobernador Alfredo Cornejo dio el aval para que se tomara esta decisión.

Los considerandos de la resolución indican que las personas manifestaron “que los prenombres consignados en sus partidas de nacimiento y DNI no se corresponden con su identidad de género autopercibida, por lo cual solicitaron su deseo de que su partida de nacimiento y DNI consignen los nuevos prenombres, pero que no se consigne sexo alguno”.

Asimismo aclara que “la consignación del sexo en las partidas de nacimiento han perdido relevancia a los fines de la identificación de la misma”.

nueva ley, nuevo paradigma

Como tal vez se sepa, en nuestro país la ley de Identidad de Género tiene como uno de los ejes principales la despatologización de las personas trans. “Desde allí, el espíritu de la ley quita la enfermedad, como una opción, en la explicación de la expresión de la identidad de género”, apunta Silvina Maddaleno, responsable del Programa de Diversidad Sexual del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI).

Segùn Maddaleno, “el Estado, siendo receptivo a las demandas de las sociedad civil, también fue parte del impulso que logró el reconocimiento de la identidad autopercibida como pilar fundamental de la expresión del ser humano, sin que haga falta diagnóstico médico, psiquiátrico, ni autorización de ningún juez. Las leyes son importantes por el peso simbólico que conlleva la afirmación del Estado de la identidad de género y la orientación sexual no hegemónica”.

Según explican las autoridades nacionales, en el INADI funciona el Programa de Diversidad Sexual en el marco de la Coordinación de Programas y Proyectos Interinstitucionales bajo la Dirección de Promoción y Desarrollo de prácticas contra la discriminación. Entre sus funciones se destaca la de entender todos los temas vinculados a la discriminación por orientación sexual e identidad de género desde la perspectiva de las políticas públicas, articulando con organizaciones de la sociedad civil. “Entendemos que trabajar en la promoción de derechos y en la sensibilización de la sociedad nos ayudará a construir un nuevo paradigma en clave de derechos humanos, inclusión y respeto de la diversidad”, apuntó Maddaleno.

Intersex
Según la ley, las personas intersex son las que nacieron con un cuerpo que varía respecto de los que se consideran masculinos o femeninos

 

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