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La Justicia platense sentenció que los títulos de los chicos integrados en secundarias comunes deben ser iguales al resto
Demandantes, familiares e integrantes de la facultad de 48 dieron un paso clave para la integración educativa / el dia
La Justicia despidió el 2018 con un fallo que sentará un precedente en materia de integración educativa.
Hasta ahora, como reflejó este diario en una nota publicada en mayo de 2017, los chicos y chicas con discapacidad que realizan el secundario integrados en una escuela común reciben, al finalizar sus estudios, títulos “no homologables”. Es decir, no equiparables a los del resto. Una auténtica contradicción.
En tal contexto, Flavia Consiglio (26) y Lorenzo Parodi (21), perjudicados por esa incomprensible norma, acudieron a la Clínica Jurídica de Derechos Humanos-Discapacidad de la facultad de Derecho de la UNLP -programa de extensión dirigido por el letrado José María Martocci-, e interpusieron una demanda contenciosa administrativa “contra la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, con el objeto de que se les emita y entregue el título secundario homologable al nivel, sin distinciones por motivos de discapacidad y en igualdad de condiciones al resto de los estudiantes, en los términos del artículo 24 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad”.
Hace pocos días, el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Nº 4 de La Plata falló a favor de ambos.
La jueza María Ventura Martínez decidió “hacer lugar a la pretensión de restablecimiento y reconocimiento de derechos (...) condenando a la (cartera educativa bonaerense) a otorgar y entregar (a los demandantes) sus títulos secundarios homologados al nivel y certificado analítico en igualdad de condiciones con el resto del alumnado, sin ninguna referencia discriminatoria”.
El dictamen relata que tanto Flavia como Lorenzo “son personas con discapacidad que han cursado y finalizado sus estudios secundarios en la escuela de nivel ‘común’, con las adaptaciones curriculares necesarias para hacer efectivo su derecho a una educación inclusiva”.
“Flavia Consiglio -continúa- presenta Síndrome de Down” y “hace cuatro años concluyó el ciclo secundario en la Escuela de Educación Media Nº 21 de La Plata (...). Al llegar al último año de secundaria le fue informado que su título iba a ser no homologable”.
“En la escuela primaria, como en la secundaria, participó de todas las prácticas educativas y cumplió con la totalidad de su trayectoria escolar al igual que sus compañeros. Sin embargo, no obtuvo su título en igualdad de condiciones ya que, el 2 de marzo del 2014, la Dirección General de Cultura y Educación expidió su título secundario no homologable al nivel”, puntualiza el escrito judicial.
Quienes estudian integrados en escuelas comunes reciben un título distinto al resto
Desde 2016, Flavia comenzó a estudiar el Profesorado en Educación Inicial en el Instituto de Formación Docente Nº 9, pero tuvo que hacerlo durante mucho tiempo en forma condicional por el carácter “no homologable” de su título.
Lorenzo Parodi “presenta un Déficit de Atención de Hiperactividad y Dislexia”, consta en el escrito judicial, donde se indica que “en 2016 concluyó el secundario en la Escuela Nuestra Señora del Valle de La Plata, donde llevó a cabo toda su trayectoria escolar, de 1º a 6º año (...) Su paso por la escuela fue una experiencia significativa y enriquecedora para su formación, durante la cual se sintió verdaderamente incluido y querido; todo lo cual se logró gracias al trabajo mancomunado de dicha escuela junto con su familia, la maestra integradora, los profesionales privados y el personal de la Escuela Especial Nº 503 (...) A pesar de lo expuesto, a sus padres siempre se les comunicaba, en forma verbal, que su título al terminar el secundario no iba a ser homologable”.
En su momento, el abogado José María Martocci señaló a EL DIA que “a fines de 2016, el Consejo Federal de Educación (que reúne a los ministros del área de todas las provincias) dictó una resolución -Nº 311- que incorpora el artículo 24 de la Convención internacional sobre los derechos de la gente con discapacidad”. Y dice: “Los estados partes (entre ellos, el argentino) asegurarán que las personas con discapacidad tengan acceso general a la educación superior, la formación profesional, la educación para adultos y el aprendizaje durante toda la vida sin discriminación y en igualdad de condiciones con las demás. Pero a nivel provincial no adecuaron la nueva normativa”.
Ahora, habló la Justicia. Y sentó un precedente fundamental en materia de integración y educación. Derribó otra barrera para que las personas con discapacidad “puedan cumplir con su vocación y proyecto de vida”.
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