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El decreto de necesidad y urgencia firmado por el presidente Mauricio Macri para avanzar con la extinción de dominio sobre bienes provenientes de ilícitos graves “no regula acciones penales”, motivo por el cual no podría ser objetado en el Congreso. Así lo explicó el jefe de gabinete de la subsecretaria de Justicia y Política Criminal del Ministerio de Justicia, Sebastián Garat, al señalar que “lo que regulamos es una acción civil”.
“El recupero de los bienes robados no implican una pena, sino la devolución de un bien”, apuntó el funcionario y señaló que “nadie puede tener derecho sobre un bien robado o sobre las ganancias de un ilícito”.
Según Garat, si bien “es el juez penal quien establece un posible vínculo entre el bien y el delito y dicta una medida cautelar”, a partir de ahí “es un juez civil el que abre un proceso, en el cual el propio dueño de los bienes puede ejercer su defensa, y demostrar el origen de los bienes”.
“Será el juez civil el que, en definitiva, resuelva si esos bienes están justificados o no en un debate puramente patrimonial”, dijo el funcionario.
Y, agregó: “En sede civil no se discute ninguna cuestión relacionada con los delitos, sino un debate patrimonial referido al origen de los bienes”.
Por otra parte, calificó al decreto de extinción de dominio como “una herramienta novedosa” que se le da “a la Justicia para recuperar bienes de delitos más graves”.
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Otro de los cuestionamientos que se le hicieron al decreto fue el tema de la retroactividad sobre bienes conseguidos a través de ilícitos cometidos antes de la sanción del decreto.
Sobre esto, Garat explicó que “al ser una acción civil, el Código Civil establece que las consecuencias de las leyes se aplican a partir de su entrada en vigencia, incluso a situaciones jurídicas preexistentes”.
“Conforme lo regula el Código Civil, esta acción de extinción de dominio podría ser aplicada a bienes adquiridos por los demandados con anterioridad al dictado del decreto”, concluyó.
El decreto que se promulgó ayer a través del Boletín Oficial y que lleva la firma también del jefe del Gabinete y los ministros, crea “una Procuraduría de Extinción de Dominio a favor del Estado Nacional, con facultades para realizar investigaciones de oficio así como colaborar con la identificación y localización de bienes que pudieran provenir de alguno de los delitos” previstos en el régimen, como los relacionados con el patrimonio público, el narcotráfico y el crimen organizado.
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