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La inhabilitación de dos choferes de ómnibus por conducir bajo los efectos de sustancias psicoactivas, en controles realizados por la Comisión Nacional de Regulación de Transporte (CNRT), implica por un lado una constatación objetiva que debe originar preocupaciones y, por otro, subraya la necesidad de que la supervisión en la materia sea permanente y severa.
Se está frente a una cuestión extremadamente delicada, que se agudiza cada vez que que la época veraniega o feriados largos como los de Carnaval, Semana Santa o el receso invernal, demandan una mucho mayor cantidad de viajes, en una situación que, tal como la experiencia lo enseña, no se resuelve generalmente con la incorporación de nuevos choferes, sino que se demanda de cada uno de los que integran el plantel estable hacerse cargo de más servicios diarios.
En uno de los casos dio positivo en el test de sustancias en un control de rutina en la terminal de la empresa, ubicada en el barrio de Once. Luego se repitió el test y se reconfirmó el resultado positivo en marihuana. En el otro, registrado en la terminal de nuestra ciudad, al realizarse controles sorpresa se encontró un resultado positivo en metanfetamina en un conductor.
Cabe señalar que desde la CNRT resaltaron que el consumo de sustancias afecta gravemente la atención del conductor profesional respecto a lo que sucede en el tránsito, la toma decisiones y la coordinación motriz. La capacidad de conducción es alterada debido a que se modifica el estado de ánimo, afecta la percepción, la atención y la concentración. Además, produce efectos que alteran los tiempos de reacción.
Por último, se informó que ambos conductores quedaron desafectados y se les quitó la licencia. Las sanciones hacia los conductores profesionales y las empresas se ampliaron. El plazo de suspensión de la licencia habilitante es de 90 días para aquellos conductores de colectivos, micros y camiones que se les detecte alcohol o sustancias en sangre, en tanto que las empresas deberán afrontar multas de 30.000 boletos mínimos.
La situación no es novedosa. Correspondería recordar que en distintos operativos realizados en años anteriores, se había establecido que más del 60 por ciento de los micros de larga distancia controlados en distintas estaciones terminales por inspectores del ministerio de Trabajo de la Nación presentaban alguna infracción, en su mayoría, por excesos de la jornada laboral de los choferes. A muchos de los conductores no se les habían otorgado los francos correspondientes y un elevado número de conductores tenía su libreta de trabajo en condiciones irregulares.
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Lo que se reclama, entonces, es que el Estado no se limite a actuar por reacción, sólo cuando se producen grandes tragedias en las rutas o efectuando controles masivos únicamente en períodos de mayor movimiento turístico.
Como se ha dicho en otras oportunidades desde esta columna, la política a seguir debe ser, en cambio, continuada, sin pausas, ordenando especialmente a las empresas que se dedican al transporte de pasajeros y que cuentan con choferes profesionales que sean ellas las primeras en cumplir cabalmente con las leyes. Y que se apliquen, llegado el caso, las sanciones administrativas y, eventualmente, judiciales más graves, sobre todo a quienes se resisten a obedecer normas que buscan preservar la vida, la integridad física y los bienes de miles de personas.
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