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Opinión Editorial
El Senado bonaerense aprobó y envió a consideración de la Cámara de Diputados el proyecto de ley que establece la tolerancia cero de alcohol en sangre para los conductores de vehículos, con penas que incluyen multas, arresto, retención de la licencia e inhabilitación. El tratamiento, tal como ya se informó se produce en consonancia con lo que ocurre en el Congreso Nacional, en donde otra iniciativa apunta a la misma finalidad.
Tal como se informó en este diario, el texto prevé la incorporación y modificación de artículos de la ley 13.927 del Código de Tránsito para establecer la prohibición de conducir a quienes hayan bebido alcohol. Hasta la fecha, el nivel de alcohol máximo permitido para los conductores es de 0,5 gramos por litro de sangre.
Con la modificación propuesta, “queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículo con motor a quien registre una alcoholemia superior a 0 (cero) miligramos de alcohol por litro de sangre. Así también está prohibido conducir a quienes hubiesen consumido medicamentos, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes o sustancias que la autoridad de aplicación, con intervención del ministerio de Salud, determine como capaces de disminuir la aptitud para conducir”.
La iniciativa incluye la creación del llamado fondo para el financiamiento de prevención, capacitación y control; y contempla penalidades por infringir la ley que incluye desde arresto hasta la retención de la licencia y la inhabilitación para conducir de acuerdo al nivel de alcohol en sangre.
Los infractores también deberán afrontar una multa y la obligación de concurrir a cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública, que podrá aplicarse como alternativa a la pena pecuniaria.
Por consiguiente, se está en los umbrales de concretar un nuevo paso formal tendiente a enfrentar la estrecha relación existente entre el alcohol y los riesgos del tránsito. Aquí conviene señalar que en esta columna se vino instando desde hace muchos años a que existieran normas legales que apuntaran a enfrentar la estrecha relación existente entre el alcohol y los riesgos del tránsito.
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Sin embargo, siguiéndose también la opinión de especialistas y entidades viales, se ha señalado la necesidad de que el Estado ponga el acento en una más intensiva educación de los conductores y peatones, es decir de los usuarios de la vía pública.
Cabe esperar, asimismo, que en la ley a sancionar quede incluida la figura del denominado “conductor designado”. Se trata de la elección de una persona dentro de un grupo, que no tomará alcohol y que se encargará de llevar al resto a sus hogares. En la provincia de Mendoza los beneficios para los conductores designados se incluyen pequeños estímulos, como entradas con descuentos a locales recreativos o a órdenes de compras.
Tal como se ha señalado otras veces en este diario, lo cierto es que en nuestra ciudad, pese a la vigencia hace años de los controles de alcoholemia, se ha podido comprobar a lo largo de muchos fines de semana y de los días festivos que el 30 por ciento de los conductores platenses no pasa el test de alcoholemia.
En verdad, de poco sirven los controles previsibles, que suelen hacerse los mismos días y en los mismos lugares. Las leyes y la fiscalización resultan ser importantes, pero mucho más lo sería concientizar a toda la población, acerca de los riesgos y responsabilidades que implica transitar por la vía pública.
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