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Un diputado de JxC y líder opositor en Formosa presentó un amparo de inconstitucionalidad. Se vota el 25 de junio
Gobernador Gildo Insfrán
El diputado de Juntos por el Cambio (JxC) y principal referente de la oposición formoseña, Fernando Carbajal, presentó ante la Corte Suprema nacional un amparo para que se declare inconstitucional la postulación a la reelección del gobernador Gildo Insfrán en los comicios del 25 de junio, mientras desde el oficialismo provincial calificaron a la iniciativa de “aberración jurídica y desesperación política”.
Carbajal, con el patrocinio legal del abogado Carlos Lee, solicitó a la Corte que se expida sobre la validez del artículo 132 de la Constitución de Formosa, cuya “ambigüedad”, para el legislador, permite la reelección indefinida del cargo de gobernador.
Ese artículo prescribe que “el gobernador y el vicegobernador durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos y podrán ser reelectos”.
Si embargo, para la oposición formoseña esta redacción “constituye una clara contraposición al espíritu de la Constitución Nacional que, en sus artículos 1, 5 y 123 recepta para el pueblo de la Nación Argentina los principios Republicanos de Gobierno y temporalidad en el poder”.
Carbajal representa un frente de dirigentes del PRO, el radicalismo, peronistas disidentes y otros sectores encolumnados tras el rechazo a la figura de Insfrán.
El diputado oficialista Rodrigo Vera repudió la iniciativa de la oposición provincial al calificarla de “un acto de desesperación política y de aberración jurídica”, con la que se intenta “violar la Constitución Nacional y la local”.
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“Por un lado, van a la Corte directamente sin pasar por la Justicia provincial. Por otro, le piden al máximo tribunal que se entrometa en el derecho electoral sobre el que ya tuvo una postura acorde por décadas de no intervenir en la organización institucional de las provincias y en la elección de sus autoridades”, explicó Vera.
La Corte ya suspendió las elecciones de Tucumán y San Juan, cuando aceptó los amparos presentados por las oposiciones provinciales, antes de pronunciarse sobre la cuestión de fondo.
En el caso de Tucumán la Corte ponderó que la candidatura del exjefe de Gabinete Juan Manzur -dos veces vicegobernador y dos veces gobernador-, podía estar violando la constitución provincial en el artículo 90, que consagra el principio de alternancia en el poder.
“El Gobernador y el Vicegobernador duran cuatro años en sus funciones y podrán ser reelectos por un período consecutivo. El Vicegobernador, aun cuando hubiese completado dos períodos consecutivos como tal, podrá presentarse y ser elegido Gobernador y ser reelecto por un período consecutivo. Si el Gobernador ha sido reelecto para un segundo período consecutivo no puede ser elegido nuevamente, sino con el intervalo de un período. Lo mismo resulta de aplicación para el cargo de Vicegobernador”, ordena el artículo.
En el caso de San Juan, la candidatura del actual gobernador Sergio Uñac -una vez vicegobernador, dos veces gobernador-, también entraba en contradicción, a criterio de la Corte, con la máxima ley provincial que impide más de dos periodos consecutivos.
El artículo 175 de la Constitución sanjuanina dicta que “el Gobernador y el Vicegobernador duran cuatro años en el ejercicio de sus funciones y pueden ser reelegidos consecutivamente hasta dos veces”.
En el caso del formoseño, Insfrán ocupa el cargo de gobernador, sin interrupciones, desde el 10 de diciembre de 1995, cuando ganó con más del 77% de los votos y fue reelecto en 1999 con el 76% de los sufragios.
Justamente en 1999 Insfrán impulsó y obtuvo la reforma constitucional que permitió la reelección indefinida en el cargo de gobernador y vice.
Si la Corte Suprema no otorga el amparo, Insfrán podría competir a fines de junio para su octavo mandato.
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