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La investigaban por el supuesto uso irregular de la flota presidencial de aviones durante sus mandatos entre 2007 y 2015
La justicia federal anuló una causa contra la vicepresidenta Cristina Kirchner, a quien se investigaba por el supuesto uso irregular de la flota presidencial de aviones durante sus mandatos entre 2007 y 2015 -principalmente viajes a Santa Cruz-, según una decisión de la Cámara Federal de Casación Penal.
La causa fue abierta por el ya fallecido juez Claudio Bonadio para indagar si los aviones de Presidencia se usaron para llevar muebles a los hoteles propiedad de los Kirchner en la Patagonia, cuando era presidenta.
La Cámara de Casación decidió anular el proceso legal por considerar que Bonadio no actuó de manera imparcial como juez, pues él mismo había sido el denunciante. “Es en virtud del quebrantamiento a una garantía básica que afecta al orden justo, que debe fulminarse con la sanción de nulidad todo lo actuado por el juez denunciante y a la vez instructor en la causa”, indicó el fallo.
En los últimos años la expresidenta acumuló una docena de causas en su contra, pero ha sido sobreseída en muchas de ellas.
Hasta ahora, Cristina, de 70 años, tiene una condena a seis años de prisión e inhabilitación perpetua por corrupción en la adjudicación de obras viales al empresario cercano a la familia, Lázaro Báez, en la provincia de Santa Cruz, durante sus dos periodos presidenciales.
Ahora, la Sala II del máximo tribunal penal también ordenó apartar a los jueces de la Sala I de la Cámara Federal porteña, Mariano Llorens, Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia, que fue la que intervino en el expediente como tribunal de apelaciones, informaron fuentes judiciales.
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En el caso del juez Llorens, en 2022, se pronunció a favor de la detención de Fernández de Kirchner en el marco de esta causa.
La decisión fue adoptada por mayoría a través de una acuerdo que lideró el juez de Casación Alejandro Slokar -miembro de la entidad vinculada al kirchnerismo, “Justicia Legítima”-, quien se refirió al derecho que tienen los imputados a ser juzgado por “un juez imparcial” y de la expresa prohibición legal que impide a quien denunció un hecho intervenir luego como juez, como fue el caso de Bonadio.
En este expediente se dio la situación de que el denunciante fue luego el juez del caso, según surge del criterio exhibido por la Casación: ocurre que la causa de los aviones se inició por una extracción de testimonios ordenada por el juez Bonadio en el marco de la causa “Cuadernos” después de llamar a declarar a los pilotos de los aviones presidenciales.
“Resulta a todas luces evidente que con toda la asertividad posible el juez denunciante prefijó la totalidad de los extremos que constituirían a posteriori las piezas inaugurales de la presente causa, individualizando la prueba relevante e incluso tipificando las conductas con la adecuación legal que ponderó de aplicación, la cual -no sin sorpresa- replicó ulteriormente en el dictado del auto de mérito”, sostuvo Slokar.
La jueza Ángela Ledesma, que adhirió a la solución alcanzada por la mayoría, sostuvo que “la actuación del magistrado denunciante como juez del caso ha transgredido la garantía de imparcialidad del juzgador, principio estructural básico para dotar de validez al procedimiento penal en un Estado de Derecho”.
En la resolución de Casación de ayer, el juez Guillermo Yacobucci no se expidió sobre el fondo, en el entendimiento de que el recurso era “inadmisible al no dirigirse contra sentencia definitiva o equiparable”.
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