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La iniciativa del Gobierno que saca los casos con acuerdo de las partes de los tribunales y busca abaratar el trámite moviliza a los colegios de profesionales. Señalan que “vulnera derechos” y es inconstitucional
En el colegio de la abogacía, un encuentro donde se analizó el divorcio simplificado / Gonzalo calvelo
Hasta 1987 la Argentina era uno de los pocos países del mundo que no habilitaba los divorcios vinculares. Ese año se sancionó la ley que permite la disolución formal de las parejas. En 2015 llegó la flexibilización de algunas de sus pautas y ahora, el Ejecutivo nacional envió un proyecto al Congreso para agilizar más el trámite y resolverlo, en el caso de que no sea una separación contradictoria y haya acuerdo entre los integrantes del matrimonio, por la vía administrativa, sin llevarlo a la Justicia.
Siendo hasta ahora el camino judicial el único que se sigue para la disolución de la sociedad conyugal, las estadísticas de la Suprema Corte de la Provincia muestran que tras el pico producido en 2022 (luego de la prolongada cuarentena de 2020-2021), cuando se totalizaron en La Plata 2.773 divorcios, en 2023 sumaron 2.594, y en el primer semestre de este año, 1.077.
En la Provincia, sacando 2020 (encierro por la pandemia), desde 2015 a 2023 hubo entre 22 mil y 31 mil casos por año. De ese total, entre el 23 y el 36% llegaron a Tribunales por acuerdo entre las partes.
La iniciativa del gobierno nacional despertó críticas. El Colegio de la Abogacía de La Plata no tardó en reaccionar, calificándola de “inconstitucional”, de atentar contra “la seguridad jurídica” y de “vulnerar derechos”. En la misma línea planteó el rechazo al proyecto su par de la Provincia.
Esta nueva reforma la impulsa el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, que encabeza Federico Sturzenegger. De aprobarse, según puntualiza el texto de la iniciativa, se implementaría “un divorcio simplificado, con mayor libertad y menos oneroso, permitiendo de esta manera a los cónyuges, a través del divorcio administrativo, disolver su vínculo matrimonial de mutuo acuerdo por una vía más simple, más rápida y más económica”.
El comunicado que emitió el Colegio de la Abogacía de La Plata expresó el “firme” rechazo de la institución al proyecto de ley de divorcios administrativos al considerar que “pone en riesgo la seguridad jurídica y vulnera derechos fundamentales”. Advirtió, además, la entidad, que es inconstitucional y que despoja a las personas de protección legal.
En ese sentido, la entidad de letrados afirmó que trasladar los divorcios a una sede administrativa no solo va en contra de principios internacionales, como el de no regresividad, sino que también despoja a las personas de la protección legal que solo un proceso judicial puede ofrecer.
La presidenta del Colegio local, Marina Mongiardino, sostuvo que “además de afectar la seguridad jurídica de todos los ciudadanos, es una iniciativa que pone en riesgo las garantías constitucionales del debido proceso, de la defensa en juicio, del asesoramiento jurídico”. Y añadió: “El divorcio, tal como lo presenta el proyecto, parecería ser un mero trámite que no trae consecuencias jurídicas”.
Mongiardino opinó que “lo que se está desconociendo es cómo hoy nosotros tenemos regulado el divorcio, que es con una mirada integral, por todas las consecuencias jurídicas que conlleva un divorcio: hay impacto desde lo patrimonial por la sociedad conyugal; por el régimen de familia, con los alimentos o la compensación económica”.
Por su parte, el Colegio de Abogados de la Provincia subrayó su preocupación y objetó el proyecto de ley 3287-D-2023, presentado por el Ejecutivo nacional. Aseguró la entidad que “es un peligro para los derechos”, al tiempo que agregó que “permitir que las personas renuncien a derechos importantes sin asesoría legal puede llevar a situaciones de abuso, especialmente para quienes están en situaciones vulnerables”.
Además, los abogados bonaerenses señalaron que “es fundamental” que los profesionales participen en los procesos de divorcio “para proteger los derechos de todas las partes involucradas”.
Recién durante la presidencia de Raúl Alfonsín le fue posible a los matrimonios que decidían separarse disolver el vínculo de manera legal. Salvo por apenas un año en que se permitió poner término al vínculo de manera formal (lo autorizó el gobierno de Juan Perón en 1954 y tras su derrocamiento, en 1955, la ley se derogó), en toda la historia del país hasta el regreso de la democracia, en los 80, no había posibilidad de divorcio.
Tan contenida había sido la necesidad de divorciarse en miles de parejas que no bien fue aprobado el nuevo derecho se sucedió una ola imparable de presentaciones judiciales, a lo que le siguió una seguidilla de solicitudes en los registros civiles de quienes estaban casados “de hecho” desde hacía tiempo y buscaban legalizar la relación.
Con las modificaciones efectuadas en el Código Civil en 2015, se introdujo la figura del divorcio exprés, medida que simplificó el proceso judicial, ya que eliminó algunas formalidades y achicó los tiempos de espera para la resolución del trámite cuando existe el común acuerdo.
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