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Plantean que el suspendido titular de la Sala V de Casación anuló el fallo absolutorio y ordenó hacer otro juicio “sin tener en cuenta” algunas “contradicciones” de los acusadores. Quieren saber si hubo contactos previos
Lucas Puig fue absuelto en un juicio oral en noviembre de 2015 / archivo
La defensa de Lucas Puig, el profesor de música que en 2010 fue acusado de corrupción de menores, cinco años después resultó absuelto en un debate oral y en 2020 podría enfrentar un nuevo juicio oral por el mismo delito, hizo dos presentaciones en los últimos días.
Una es para recusar al juez Ramiro Fernández Lorenzo, designado -con Cecilia Inés Sanucci- en el TOC 1 de La Plata que hará el nuevo juicio contra Puig, ya que dicho magistrado fue “relator integrante de la Sala V” del Tribunal de Casación bonaerense, que revocó el veredicto absolutorio que un año antes había beneficiado al docente.
Por ese motivo, los abogados Alberto Daniel Apaz y Adrián Fernández Koenig consideran que Fernández Lorenzo “no cumple con el requisito constitucional de ser un juez imparcial e independiente”.
En el otro planteo, los defensores apuntaron directamente contra uno de los jueces de la Sala V, Martín Ordoqui, a quien la Suprema Corte suspendió por 90 días tras el escándalo de la “megabanda”, tiene un jury encaminado y lo acusan de liderar una asociación ilícita dedicada a conceder beneficios procesales a cambio de dinero.
El caso Puig se inició en 2010 con la denuncia por abuso que radicaron en la UFI 7 los padres de dos alumnos del colegio San Benjamín de Los Hornos, que entonces tenían 3 y 4 años.
Después de muchas idas y vueltas finalmente se hizo el juicio oral a cargo del TOC 1 que, integrado por los jueces Jorge Moya Panisello y Andrés Vitali, absolvió al docente el 17 de noviembre de 2015.
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La parte acusatoria apeló el veredicto a Casación y la sala V (a cargo de Ordoqui y Jorge Celesia) declaró su nulidad el 29 de noviembre de 2016, además de ordenar que se haga un nuevo juicio. Lo que argumentaron los abogados de Puig es que en medio de esa instancia ellos denunciaron “la posible comisión de un delito de acción pública”.
Es que, “días antes de interponer los sendos recursos de casación, violando entre otros el principio de coherencia, los particulares damnificados han realizado con fecha 18/11/2015 una nueva denuncia en la misma Fiscalía de la Dra. Virginia Bravo (UFIJ 7) en la que se sustanció toda esta causa, y con base en la propia sentencia que aquí recurren, afirmando contrariamente una cuestión diferente: dicen ahora que los hechos tuvieron ocurrencia en el año 2009”, explicaron los defensores.
En la denuncia original figura que los hechos “ocurrieron entre el 2 de marzo y 12 de marzo del año 2010”, resaltaron los abogados, convencidos de que la nueva denuncia “echa por tierra sus propias afirmaciones y quejas en el presente recurso, convalidando desde lo fáctico, la propia sentencia que aquí recurren”.
Lo que expusieron Apaz y Fernández Koenig es que, sin tomar en cuenta su denuncia, el camarista anuló el fallo absolutorio. Según dijeron, “esta evidente contradicción” no mereció “el tratamiento adecuado por la Sala interviniente, (Ordoqui)” que, “sin anular las pruebas del debate, ni sus actas, anula el veredicto absolutorio, dispone realizar un nuevo juicio con un tribunal hábil, sin reparar en la seria denuncia realizada ante él mismo”.
Citando las denuncias periodísticas y la suspensión ordenada por la Suprema Corte, los defensores de Puig solicitaron al TOC 1 que “remita oficio” a la fiscal Betina Lacki, que investiga la causa de la megabanda, “a efectos de que informe si de las escuchas telefónicas o de otra fuente de investigación resulta que el magistrado ha tenido contactos y/o comunicaciones, con los denunciantes” o “sus representantes legales, así como también si surgen comunicaciones referencias al imputado de autos, el docente Lucas Puig”, figura en el planteo al que accedió este diario.
La nueva causa que lo tiene a Ordoqui imputado de asociación ilícita y tráfico de influencias nació a instancias de una comunicación de la Suprema Corte referida a una causa por apropiación de terrenos en San Vicente, de cuyo material surgía la vinculación de uno de sus sospechosos, Ariel Heine, con la Sala V de Casación a través de personas que ejercerían algún tipo de influencia presuntamente irregular sobre sus funcionarios, para obtener beneficios.
Esa evidencia abrió una investigación con intervención de la jueza Marcela Garmendia, con un delito de características similares al que comprometió inicialmente a Ordoqui: la presunta concesión de un beneficio (detención domiciliaria) a Javier Ronco, uno de los presuntos integrantes de la megabanda. En esa maniobra fue acusado Enrique Petrullo, como presunto operador del vínculo entre el acusado y el magistrado.
Entre las pruebas mencionan mensajes cruzados del juez y el presunto “operador” a través de Telegram, una red de mensajería que tiene como característica cierta invulnerabilidad a las intervenciones y la eliminación casi instantánea del material. A Petrullo no se le borró y llegaron a usarlo los investigadores: “Para que se destruya hay que activar una función. Él no lo hizo”, indicó una investigadora.
Entre esa causa y la presunta concesión en favor de Heine, la UFI Nº 1 empezó a profundizar en una secuencia de delitos, siempre con el mismo esquema de tráfico.
Parados en estas sospechas es que los abogados del profesor de música no descartan que haya ocurrido una maniobra similar en la causa que los involucra.
Lucas Puig fue absuelto en un juicio oral en noviembre de 2015 / archivo
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