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Policiales |EN LA PLATA

Confirmaron el fallo absolutorio para un policía que mató a un ladrón de 17 años

Casación avaló el veredicto en favor de Diego Flores, aunque con la aclaración de que los agentes “jamás tienen el deber de matar”

Confirmaron el fallo absolutorio para un policía que mató a un ladrón de 17 años

El policía Diego Flores evitó un asalto en 122 y 43, en 2013/archivo

10 de Febrero de 2018 | 02:14
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El Tribunal de Casación Penal bonaerense confirmó ayer el fallo absolutorio de un policía bonaerense que fue juzgado por la muerte de Omar Cigarán, de 17 años, ocurrida el 15 de febrero de 2013 en 43 y 115, durante un asalto en el que el adolescente recibió un disparo en el pecho, informaron fuentes judiciales.

En abril del año pasado, el Tribunal Oral en lo Criminal IV de La Plata, por mayoría, con voto del juez Emir Caputo Tártara, que contó con la adhesión de su colega Juan Carlos Bruni, absolvió de culpa y cargo al imputado Diego Alberto Flores (39), quien por entonces cumplía funciones en Quilmes.

En ese fallo se consideró que el policía actuó en las causales de justificación previstas en el artículo 34, incisos 4 (en cumplimiento del deber), 6 y 7, (legítima defensa propia y de terceros) Ahora, la sala V de Casación, con voto de Martín Ordoqui, con adhesión de su par Jorge Celesia, confirmó lo actuado por el Tribunal IV.

Sólo se hizo una modificación, en cuanto a la no aplicación del inciso cuarto del artículo 34 del Código Penal (CP).

En tal sentido el juez Ordoqui interpretó que “la policía jamás tiene el deber de matar, sólo justifica ello la defensa de sí mismo o de un tercero”.

En la resolución explicó que “lo atinente a la consideración de la causal que se pretendió fundar en el cumplimiento de un deber (artículo 34, inciso 4, del CP), dado que –según entiendo- la misma no debe ser homologada. De todos modos, la solución que aquí se auspiciará mantiene firme la decisión de los juzgadores anteriores en punto a las restantes causales”.

En el fallo del juicio oral se había dado por probado que “a las 14 del 15 de febrero de 2013, en circunstancias en que Leandro Martín Junquera circulaba a bordo de una moto Yamaha por diagonal 115, y hallándose detenido a la espera de la habilitación para avanzar del semáforo ubicado en 43 y 122 de La Plata, se le aproximan dos jóvenes; uno de ellos, con un brazo lo toma del cuello y con el otro, le apoya en la garganta un revólver, exigiéndole la entrega del vehículo bajo amenaza de darle muerte, ante lo cual la víctima desciende con sus manos en alto”.

“En simultáneo -agregó- advertido el accionar del agresor por un policía uniformado que iba por el lugar en su auto, encontrándose al momento a escasa distancia del motociclista asaltado, (también a la espera de la habilitación del semáforo para continuar la marcha), desenfunda y carga su arma reglamentaria 9 milímetros y apunta al asaltante, sacando -además- parte de su brazo por la ventanilla del conductor, dándole -en el mismo acto- la voz de `alto policía´”.

También se precisó que “advertido de esta circunstancia el joven que robaba la motocicleta, se despoja de la misma arrojándola hacia el auto del policía y apunta con su arma de fuego desde muy cerca al oficial, quien -amenazado cuanto menos en su integridad física- efectúa un disparo con su pistola, el que impacta en el tórax del agresor”.

“De inmediato el agresor se aleja corriendo hacia la 122, y luego de recorrer más de 50 metros, cae al piso a consecuencia de la herida, la que luego ocasionó su muerte”, detalló el fallo.

 

 

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